La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. La Sala determinó que, dado el carácter administrativo de la materia debatida, corresponde a la Sala Plena dirimir el conflicto, declinando así su competencia.
Extracto de la motiva
Por todas las razones expuestas, este Juzgado (…), declara: PRIMERO: SU INCOMPETENCIA para conocer de la presente demanda de nulidad del acto administrativo constituido por Providencia Administrativa Nº 070-2010-020 de fecha 29 de enero de 2010, emanada de la Inspectoría del Trabajo de Valera, estado Trujillo (…) SEGUNDO: PLANTEA CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA Y SOLICITA DE OFICIO SU REGULACIÓN (…) TERCERO: En acatamiento a lo dispuesto en el artículo 71 ejusdem, ORDENA LA REMISIÓN de todas las actuaciones, mediante oficio, a la Sala Político Administrativa…
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLINA en la SALA PLENA DE ESTE TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA la competencia para conocer el conflicto negativo de competencia planteado en la presente causa. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase el expediente. Cúmplase lo ordenado.