DecisiónExtinción de la acción por pérdida de interés procesal
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción por pérdida de interés procesal en el recurso de nulidad interpuesto por la C.A. Venezolana de Navegación. Se establece que desde el 16 de noviembre de 1993 no se realizaron actuaciones que impulsaran el proceso, lo que evidencia una inactividad procesal prolongada. La Sala ordenó la notificación de la parte demandante, quien no manifestó interés en continuar con el proceso dentro del lapso otorgado.
Extracto de la motiva
motiva que para apreciar una falta en órganos complejos es menester [el] análisis de las diferentes fases de la investigación, luego en la dispositiva se prescinde de ello y con un solo instrumento, se procede a decidir (…) [transgrediendo] el artículo 244 del Código de Procedimiento Civil (…)”. (Sic). (Agregado de la Sala). Consideró que la referida Resolución “(…) rompe con el principio de la comunidad de la prueba (…) [y] también (…) incurre en la falta de aplicación del IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 13 artículo 508 del Código de Procedimiento Civil (…)”. (Corchete añadido). Fundamentó su pretensión en los artículos 113 y 122 de la Ley Orgánica de la
Dispositiva
Se declara la extinción de la acción por pérdida de interés procesal en el recurso de nulidad interpuesto por la C.A. Venezolana de Navegación contra la Resolución de fecha 23 de octubre de 1990.