Sentencia N° 556 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de abril de 2014

TSJ/SPA, Sent. N° 00556, Exp. 2012-0174, 23/04/2014
Expediente2012-0174
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2014-04-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara el decaimiento del objeto del recurso de apelación interpuesto por SIDERURGICA DEL ORINOCO (SIDOR) C.A. contra la sentencia interlocutoria que declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos de actos administrativos impugnados. La decisión se basa en que la Administración Tributaria revocó los actos impugnados, extinguiendo así la causa principal y, por ende, no hay materia sobre la cual decidir en el presente recurso.

Extracto de la motiva

Correspondería a esta Sala pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto por la contribuyente SIDERURGICA DEL ORINOCO (SIDOR) C.A., contra la sentencia interlocutoria N° PJ0662011000113 de fecha 20 de junio de 2011, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana, que declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de los efectos de los actos recurridos. No obstante, se constata de autos que en fecha 1° de marzo de 2012, la representación judicial de la Empresa del Estado SIDERURGICA DEL ORINOCO (SIDOR) C.A., solicitó a esta Máxima Instancia que en la presente causa se declare que no hay materia sobre la cual decidir, ya que por decisión N° PJ0662012000021 de fecha 14 de febrero de 2012, el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana, declaró terminada la causa principal. En efecto, en la sentencia consignada el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana, señaló que “(…) el representante judicial de la empresa, consignó en original la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RG/DJT/2012/00001 de fecha 9 de febrero de 2012, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y notificada ese mismo día. En la cual, se procedió a: 1.- ANULAR el contenido de la Resolución N° GRTI/RG/DJT/2010/072, de fecha 25 de mayo de 2010; 2.- DECLARÓ PRESCRITAS las obligaciones tributarias contenidas en las Resoluciones y Planillas de liquidación N° 2009082001230002576 de fecha 19 de noviembre de 2009 y N° 2009082001230002577 de fecha 19/11/2009, las cuales constituyen el objeto de impugnación en el presente proceso judicial. Ello así, el Tribunal a quo consideró que visto que “la Administración Tributaria en ejercicio de su potestad de autotutela, revocó los actos administrativos impugnados, variando así, las circunstancias de hecho y de derecho que dieron origen al recurso contencioso tributario, pues tal revocatoria produjo la extinción del objeto del presente recurso contencioso”.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara EL DECAÍMIENTO DEL OBJETO del recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del SIDERURGICA DEL ORINOCO (SIDOR) C.A., contra la sentencia interlocutoria N° PJ0662011000113 del 20 de junio de 2011, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana, que declaró improcedente la suspensión de los efectos solicitada con motivo del recurso contencioso tributario incoado por la contribuyente, contra la Resolución N° GRTI/RG/DJT/2010/072 de fecha 25 de mayo de 2010 y sus correspondientes planillas de liquidación, emanadas de la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN GUAYANA DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT). Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

decaimientorecurso de apelaciónSIDORsuspensión de efectos

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