Sentencia N° 55 — Sala Político Administrativa del TSJ, 12 de febrero de 2020

TSJ/SPA, Sent. N° 00055, Exp. 2018-0713, 13/02/2020
Expediente2018-0713
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2020-02-12
DecisiónDecaimiento del objeto

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, declara el decaimiento del objeto del recurso de apelación ejercido por el Fisco Nacional contra la sentencia interlocutoria que admitió el recurso contencioso tributario. La controversia se centró en la competencia del tribunal para conocer del caso, ya que se alegó que el acto administrativo impugnado no tenía índole tributaria. La Sala concluyó que la regulación de competencia ya había sido decidida previamente, por lo que el objeto de la apelación había decaído.

Extracto de la motiva

Visto que esta Sala Político-Administrativa, en el expediente Núm. 2018-0708 dictó la decisión Núm. 01284 de fecha 12 de diciembre de 2018, a través de la cual resolvió la regulación de competencia planteada por la accionante en el marco del “recurso contencioso tributario ejercido” por la sociedad mercantil Representaciones Riovemer, C.A. y, en consecuencia, declaró competente a los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; considera esta Alzada que la controversia planteada en el caso de autos (2018-0713), atinente al órgano jurisdiccional competente para conocer el mérito del asunto, ya fue resuelta. En efecto, habiendo alegado la representación del Fisco Nacional como fundamento principal de su oposición a la admisión del “recurso contencioso tributario ejercido”, que el acto administrativo aquí impugnado “no tiene índole tributaria y para cuyo conocimiento” el Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas “no es competente en razón de la materia”, pretensión que -como se indicó supra- con el pronunciamiento emitido por esta Superioridad el 12 de diciembre de 2018 quedó satisfecha; esta Máxima Instancia concluye que el objeto de la presente apelación, contra la sentencia interlocutoria Núm. 42/2018 dictada por el Juzgado remitente en fecha 4 de junio de 2018, ha decaído de manera sobrevenida. (Vid., sentencias de esta Sala Núms. 00317 del 6 de abril de los 2017 y 00832 del 19 de julio del mismo año, casos: Consejo Comunal Dr. Arístides Garbiras). Así se decide.

Dispositiva

Declara el decaimiento del objeto del recurso de apelación ejercido por el Fisco Nacional, contra la sentencia interlocutoria Núm. 42/2018 dictada por el Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario.

Palabras clave

recurso contencioso tributariodecisióncompetencia

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