Sentencia N° 5420 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de agosto de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 05420, Exp. 2005-3044, 04/08/2005
Expediente2005-3044
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaLaboral
Tipo de recursoConsulta
Fecha de la decisión2005-08-03
DecisiónDecaimiento

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una consulta de jurisdicción relacionada con un procedimiento de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos. El juzgado remitente había declarado la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública para conocer el caso. La Sala constató que la causa ya había sido sentenciada anteriormente, lo que llevó a declarar el decaimiento del objeto de la consulta.

Extracto de la motiva

Correspondería a esta Sala pronunciarse sobre la consulta sometida a su conocimiento, sin embargo, previamente observa: En fecha 17 de enero de 2003, la representación judicial del ciudadano Carlos Luis Morrel Bellido, previamente identificado, presentó ante el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. Mediante diligencia de fecha 10 de diciembre de 2004, presentada ante el a quo, el abogado José Palencia, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 25.979, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, expuso: “...Consta al expediente 23.181, que el ciudadano CARLOS LUIS MORREL, (…) compareció en fecha 20 de enero del año 2003, ante el Juzgado de Primera Instancia Del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, Del (sic) Estado Monagas y presentó solicitud de reenganche y pago de salarios caídos en contra de mi representada PDVSA PETRÓLEO S.A. Consta igualmente al presente expediente signado con el N° 23.093, que el identificado ciudadano compareció ante el mismo tribunal en fecha 17 de Enero del año 2003, y presentó la misma solicitud de calificación de despido y pago de salarios caídos. Por ello a los fines de evitar procesos paralelos pido se acumulen ambos procedimientos por ser las mismas partes y el mismo objeto. Acumulación que pido se haga del presente expediente al expediente 23.181, por haberse prevenido en este último tanto a mi representada como al Procurador General de la República…”. Por auto de fecha 15 de diciembre de 2004, el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a quien correspondió el conocimiento de la causa en virtud de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se abstuvo de proveer lo solicitado “por cuanto el expediente que solicita se acumule la causa se encuentra en el Tribunal Supremo de Justicia por motivo de una consulta de ley”. El 18 de marzo de 2005, el mencionado Juzgado declaró no tener jurisdicción para conocer de la acción ejercida, indicando que es a la Administración Pública a quien corresponde conocerla, por órgano de la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, habida cuenta que el trabajador acudió ante la mencionada sede administrativa para solicitar la calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos, alegando que gozaba de inamovilidad laboral por fuero sindical. En virtud de dicha decisión, el referido Juzgado ordenó la remisión del expediente a esta Sala a los fines de la consulta de Ley.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO del objeto en la presente consulta de jurisdicción. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase copia certificada de la presente decisión al Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

consulta de jurisdiccióncalificación de despidoreenganchesalarios caídosfalta de jurisdicciónAdministración PúblicaLey Orgánica Procesal del Trabajo

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