La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una decisión sobre la solicitud de medida cautelar de embargo preventivo presentada por la empresa AGROGUÁRICO POTENCIA, S.A. contra el ciudadano Romer Smith Gutiérrez Hernández, debido a un presunto incumplimiento del contrato de financiamiento de insumos agrícolas. La Sala consideró que existía la apariencia del buen derecho y el riesgo de que la ejecución del fallo fuera ilusoria, lo que justificó la medida cautelar solicitada.
Extracto de la motiva
Corresponde a la Sala pronunciarse sobre la medida cautelar de embargo preventivo solicitada por la empresa estadal Agroguárico Potencia, S.A., con ocasión de la demanda de contenido patrimonial con medida cautelar de embargo preventivo, interpuesta en razón del presunto incumplimiento del “(…) Convenio de Financiamiento de Insumos Agrícolas para Desarrollar el Proyecto de Plan de Siembra Invierno del Ciclo 2021(…)”, suscrito con el ciudadano Romer Smith Gutiérrez Hernández. Ello así, la representación judicial de la parte actora solicitó que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y 104 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en concordancia con los artículos 585 y 588 numeral 1 del Código de Procedimiento Civil, se decrete medida preventiva de embargo sobre los bienes muebles propiedad del demandado.
Dispositiva
Se decreta MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles propiedad del ciudadano Romer Smith Gutiérrez Hernández, por la cantidad de UN MILLÓN DOSCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS SIETE BOLÍVARES CON CINCUENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 1.250.507,59).
Palabras clave
embargo preventivomedida cautelarincumplimiento de contrato