La ciudadana María de las Mercedes De Freitas, en representación de la Asociación Civil Transparencia Venezuela, interpuso una demanda por abstención contra el Ministro del Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tierras, debido a la falta de respuesta a solicitudes de información sobre un proyecto de obra pública. La Sala Político-Administrativa del TSJ, tras evaluar la admisibilidad de la demanda, decidió aplicar un despacho saneador, otorgando un plazo para que la demandante precise la autoridad administrativa a la que se dirige la demanda y los hechos relacionados con la solicitud de información.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de su competencia para conocer de la demanda por abstención incoada, no obstante estima necesario hacer las siguientes consideraciones: Al folio 1 del expediente, se observa que en el encabezado del escrito de demanda de fecha 17 de marzo de 2016 la ciudadana María de las Mercedes De Freitas, actuando en su nombre y en representación de la Asociación Civil Transparencia Venezuela, indicó que la reclamación de autos va dirigida contra el “MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRAS”, por no haber dado respuesta a las solicitudes de información formuladas con ocasión de la “ampliación y alcance físico del Sistema de Riego El Diluvio Palmar, estado (sic) Zulia”, esgrimiendo al efecto la violación de su “Derecho de Petición y Oportuna Respuesta”. Igualmente, del mencionado escrito se evidencia que todos los alegatos expuestos por la parte accionante pretenden denunciar la omisión en la cual presuntamente incurrió el “Ministro del Poder Popular para Industrias y Comercio” ante el requerimiento de información formulado por la mencionada Asociación Civil Transparencia Venezuela, mediante comunicaciones de fechas 12 de julio y 2 de septiembre de 2015, en cuanto a la contratación y ejecución de la obra denominada -según indican- “Diseño, fabricación, procura, construcción, montaje y puesta en marcha de la Planta Siderúrgica Nacional Abreu De Lima, en el Estado Bolívar”.
Dispositiva
Sobre la base de los razonamientos expuestos, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, APLICA el despacho saneador en la presente causa y, en consecuencia, ORDENA la notificación de la ciudadana María de las Mercedes De Freitas, quien actúa en proceso en nombre propio y con el carácter de Directora Ejecutiva de la Asociación Civil Transparencia Venezuela, a los fines de precisar la Autoridad Administrativa contra la que va dirigida la demanda de abstención, así como los hechos sobre los que recayó la solicitud de información en sede administrativa; para lo cual se le otorga un lapso de tres (3) días de despacho computados una vez conste en autos su notificación.