Sentencia N° 541 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de marzo de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 00541, Exp. 1080, 02/04/2002
Expediente1080
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-03-21
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de nulidad y acción de amparo constitucional interpuesto por Freddy Yovanni Tabarquino Chávez contra la Resolución Nº 267 del 18 de junio de 1999, que confirmaba su destitución del Cuerpo Técnico de Policía Judicial. La Sala determinó su competencia para conocer del caso y admitió el recurso a efectos de trámite y verificación de caducidad y agotamiento de la vía administrativa.

Extracto de la motiva

La Sala debe advertir, que en fecha 24 de noviembre de 2001, entró en vigencia el Decreto con Fuerza de Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminológicas, publicado en la Gaceta Oficial Nº 5.551, Extraordinario, del 09 de noviembre del mismo año; cuerpo normativo que expresamente deroga la Ley de Policía Judicial y el Reglamento de Régimen Disciplinario del Cuerpo Técnico de Policía Judicial. Antes de la entrada en vigencia del Decreto con Fuerza de Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminológicas, respecto a la denunciada inconstitucionalidad del Reglamento de Régimen Disciplinario del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, alegada por el recurrente, esta Sala, en sentencia Nº 1.216 del 26 de junio de 2001, caso Porfirio Ruíz Leandrea y otros, decidió lo siguiente: 'Ahora bien, en criterio de esta Sala, el Reglamento de Régimen Disciplinario del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, constituye un acto administrativo de carácter general que de acuerdo con el texto del artículo 72 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, debe ser publicado en la Gaceta Oficial de la República.'

Dispositiva

PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer del presente recurso de nulidad interpuesto por el apoderado judicial del ciudadano FREDY YOVANNI TABARQUINO CHÁVEZ contra la Resolución Nº 267, del 18 de junio de 1999, suscrita por el Ministro de Justicia, hoy Ministro del Interior y Justicia, confirmatoria de la decisión del Director General del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, hoy Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminológicas, mediante la cual se le destituyó del referido organismo policial. SEGUNDO: Se ADMITE, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala, de lo atinente a la caducidad de la acción y al agotamiento previo de la vía administrativa, el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo constitucional. TERCERO: declara IMPROCEDENTE la acción de amparo cautelar propuesta.

Palabras clave

nulidadamparo constitucionaldestituciónderechos constitucionalesCuerpo Técnico de Policía Judicialprocedimiento administrativotutela judicial efectiva

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