Sentencia N° 540 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de julio de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 00540, Exp. 2017-0813, 10/07/2025
Expediente2017-0813
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2025-07-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia número 00746, declaró SIN LUGAR el recurso de apelación del Fisco Nacional contra un fallo del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar un recurso contencioso tributario interpuesto por José Ramón Salazar Infante. Además, se ANULAN dos actas de comiso y se ORDENA la entrega de un vehículo confiscado por la Aduana Principal de Puerto Cabello. La medida cautelar decretada anteriormente se mantiene vigente hasta la entrega del vehículo.

Extracto de la motiva

Motivación Técnico Legal, y en virtud de lo pautado en el Artículo 130 de la Ley Orgánica de Aduanas en concordancia con el artículo 508 de su Reglamento”, recomendó lo siguiente: “(…) · Aplicar la Pena de Comiso, establecida en el artículo 114 de la Ley Orgánica de Aduanas, a la mercancía conformada por UN (01) VEHÍCULO TIPO CAMIONETA, marca TOYOTA modelo 4 RUNNER, serial de carrocería N° JTEBU5JR0B5051501, Año 2011, procedente de los ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (sic) código arancelario 8703.24.10, ADV 40%, llegada a bordo del buque DIAMANTIS, en fecha 21/03/2013, documento de transporte No. PEVPBL18141, consignada a SALAZAR INFANTE JOSÉ RAMÓN RIF: N° V- 08487594-1, Declaración Única de Aduanas C-25140 de fecha 22/04/2013.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del Fisco Nacional, contra el fallo definitivo Nro. 1448 dictado el 8 de marzo de 2016 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por el apoderado judicial del ciudadano JOSÉ RAMÓN SALAZAR INFANTE, la cual se CONFIRMA. 2.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado por el consignatario JOSÉ RAMÓN SALAZAR INFANTE. En consecuencia, se ANULAN el Acta de Comiso Nro. SNAT/INA/APPC/DO/AC/2014/005012 de fecha 15 de abril de 2014 y el Acta de Reconocimiento ‘Declaración Única de Aduanas C-25-140 del 22/04/2013’, suscrita el 19 de agosto del mismo año, emanadas de la GERENCIA DE LA ADUANA PRINCIPAL DE PUERTO CABELLO ADSCRITA AL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT). 3.- Se ORDENA a la aludida Gerencia de la Aduana Principal de Puerto Cabello adscrita al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) la entrega del automóvil antes descrito. 4.- Se MANTIENE EN VIGENCIA la medida cautelar decretada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central mediante sentencia interlocutoria Nro. 3320 dictada en fecha 10 de julio de 2015, hasta tanto se haga efectiva la entrega del vehículo. NO PROCEDE LA CONDENATORIA EN COSTAS a la República, en los términos antes señalados.

Palabras clave

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