La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la demanda interpuesta por Vincenzo Ventrone Giametti contra CORPOVEN, S.A., en la que se solicitaba el pago de 118.062.148,39 bolívares por la ejecución de varios contratos y la revocatoria de una buena pro. La Sala argumentó que la demandante no logró probar la existencia de los daños alegados ni la conducta antijurídica de la demandada, y que los reclamos de reconsideración de precios y daños eran improcedentes. Además, se condenó en costas a la parte demandante.
Extracto de la motiva
La Sala, al examinar los alegatos de la parte actora, concluyó que no se demostró la existencia de los daños reclamados ni la responsabilidad de la demandada en los mismos. Se destacó que la demandante no cumplió con la carga de probar la veracidad de sus alegaciones, y que la revocación de la buena pro por parte de CORPOVEN, S.A. se realizó dentro de sus derechos. Asimismo, se desestimaron las solicitudes de pago por daños y la reconsideración de precios, ya que no se ajustaban a las disposiciones legales aplicables. En consecuencia, se declaró sin lugar la demanda y se condenó en costas a la parte demandante.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Vincenzo Ventrone Giametti contra la sociedad de comercio CORPOVEN, S.A., y se condena en costas a la parte demandante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
contratoreconsideración de preciosdaños y perjuiciosbuena procontencioso administrativoresponsabilidad contractualintereses moratorios