La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia conoció en consulta la sentencia Nro. 00652014, dictada por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, que declaró Parcialmente Con Lugar un recurso contencioso tributario interpuesto por Savoy Brands Venezuela, C.A. La consulta se fundamentó en la improcedencia del rechazo del traslado de pérdidas de años anteriores y la confirmación de la Resolución Nro. GCE-SA-R-99-079, que estableció sanciones y reparos tributarios a la empresa. La Sala confirmó la decisión del tribunal inferior, subsanando errores materiales detectados en el fallo de instancia.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala conocer en consulta conforme a lo previsto en el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de 2008, la sentencia Nro. 00652014 dictada en fecha 23 de octubre de 2014 por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso tributario ejercido por la sociedad de comercio Savoy Brands Venezuela, C.A.; en la cual el Tribunal remitente invalidó el acto administrativo impugnado en lo relativo “(…) al rechazo del traslado de pérdidas de años anteriores por la cantidad de Bs. 786.480.751,00, en el ejercicio fiscal 1994, y por la cantidad de Bs. 1.648.584.876,00, en el ejercicio fiscal 1995 (…)”; y en consecuencia, ordenó “(…) ajustar esta pérdida en las cantidades de Bs. 479.028.627,20, en el ejercicio fascal 1994 y Bs. 439.413.907,00 el ejercicio fiscal 1995 (…)” (sic); por cuanto el Fisco Nacional no ejerció el recurso de apelación contra el pronunciamiento en referencia, siendo en principio contrario a los intereses de la República.
Dispositiva
1.- QUE PROCEDE la consulta de la sentencia definitiva Nro. 00652014 dictada el 23 de octubre de 2014 por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- Conociendo en consulta CONFIRMA la decisión judicial anteriormente identificada, mediante la cual fue declarado Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso tributario ejercido por la sociedad mercantil SAVOY BRANDS VENEZUELA, C.A.; por cuya razón queda FIRME la Resolución (Sumario Administrativo) Nro. GCE-SA-R-99-079 de fecha 6 de abril de 1999, salvo en lo tocante al reparo levantado por el traslado de pérdidas provenientes del ajuste por inflación. 3.- Se subsanan los errores materiales detectados en el fallo de instancia en los términos expuestos en esta sentencia.