Sentencia N° 533 — Sala Político Administrativa del TSJ, 28 de abril de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 00533, Exp. 2007-0867, 29/04/2009
Expediente2007-0867
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2009-04-28
DecisiónDeclina la competencia

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de abstención interpuesto por Edgar Eduardo Díaz Ascanio contra el Ministerio de Infraestructura, relacionado con la homologación de su pensión de jubilación. La Sala determinó que, dado que la solicitud fue presentada después del 1° de octubre de 2006, la competencia para conocer del caso corresponde a los Juzgados Superiores Contencioso Administrativos de la Región Capital. En consecuencia, se declinó la competencia a dicho tribunal, ordenando que continúe el procedimiento y fije la oportunidad para el acto de informes.

Extracto de la motiva

Siendo la competencia un presupuesto procesal de orden público, que puede ser revisada en cualquier estado y grado de la causa, se pasa de seguidas a realizar las siguientes consideraciones: Por sentencia N° 01910 de fecha 27 de julio de 2006, en ponencia conjunta, esta Sala estableció lo siguiente: '…En orden a lo anterior, se impone para esta Sala la necesidad de analizar el criterio antes expuesto y al respecto estima, que si bien los funcionarios que prestan servicios en cargos pertenecientes al Cuerpo de Control de Navegación Aérea, por ser considerados parte integrante de los cuerpos de seguridad del Estado, se les aplica un régimen laboral administrativo especial, separado de la legislación que regula comúnmente a los funcionarios públicos, se trata en definitiva de relaciones funcionariales a las que resultan perfectamente aplicables las normas que, en cuanto a la competencia, rigen en esta materia, y que están contenidas en la Ley del Estatuto de la Función Pública. Con fundamento en los argumentos precedentes esta Sala fija el criterio respecto a que las acciones o recursos que ejerzan los funcionarios o empleados del Cuerpo de Control de Navegación Aérea adscrito al Ministerio de Infraestructura con ocasión de su relación de empleo con dicho órgano, deben ser conocidas por los Juzgados Superiores Contencioso-Administrativos Regionales.'

Dispositiva

Por los razonamientos expuestos, la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA en un Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, al cual que corresponda previa distribución, para conocer de la solicitud interpuesta por los abogados Pedro Miguel Reyes, Román Argotte Mota y Alí Ramón Zambrano, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano EDGAR EDUARDO DÍAZ ASCANIO, contra la negativa del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA (hoy Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda) de '…homologar la pension de jubilación y convenga o en su defecto, sea obligado por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político Administrativa, a ajustar dicha pensión, con los respectivos retroactivos a partir de la última fecha en que homologaron la pensión de jubilación de nuestro mandante…' (sic) (Subrayado de la cita). Se le ORDENA al Tribunal declarado competente que continúe el presente procedimiento, fijando la oportunidad de informes. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Región Capital (Distribuidor), a los fines de su distribución. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

competenciapensiónhomologaciónrecurso de abstención

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