Sentencia N° 532 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de abril de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 00532, Exp. 2007-0222, 11/04/2007
Expediente2007-0222
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-04-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, ambos declarando su incompetencia para conocer un recurso de nulidad. La Sala determinó que le corresponde al Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital conocer y decidir el recurso interpuesto por la abogada Carmine Santi Englielmo en representación de la sociedad mercantil CONFECCIONES JHONNYCHEZ, C.A. contra una providencia administrativa de la Inspectoría del Trabajo.

Extracto de la motiva

En el presente caso, se ha planteado un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, los cuales se declararon incompetentes para conocer del presente recurso de nulidad; por tanto, esta Sala Político-Administrativa, actuando como cúspide de la jurisdicción contencioso-administrativa, en virtud de que los tribunales involucrados forman parte de dicha jurisdicción, asume su competencia para conocer el conflicto planteado. Así se decide. Determinado lo anterior, pasa esta Sala a resolver el conflicto de competencia y en tal sentido observa: Que en el presente caso se interpuso un recurso de nulidad contra la Providencia Administrativa N° 225-01 del 7 de diciembre de 2001, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL DISTRITO FEDERAL MUNICIPIO LIBERTADOR. Que el criterio actualmente sostenido por este Máximo Tribunal en los casos como el de autos, refiere a que la competencia para conocer de los recursos de nulidad interpuestos contra los actos emanados de la Inspectoría del Trabajo corresponde en primera instancia a los Juzgados Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo Regionales, y en segunda instancia, a las Cortes de lo Contencioso Administrativo.

Dispositiva

1. Que es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado. 2. Que corresponde al JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, la COMPETENCIA para conocer y decidir el presente recurso de nulidad. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al referido Juzgado. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

conflicto negativo de competenciarecurso de nulidadInspectoría del TrabajoJuzgado SuperiorCorte Segundajurisdicción contencioso-administrativacompetencia

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