La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia Nro. 00505, declaró SIN LUGAR el recurso de apelación del FISCO NACIONAL y CONFIRMÓ la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario. Asimismo, se declaró CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por FRED ANDERSON VELAZCO DELGADO, ANULANDO la resolución del SENIAT. La Sala ordenó notificar al demandante sobre el contenido de la sentencia y estableció un procedimiento para la notificación a través de medios electrónicos y publicaciones en la cartelera del Tribunal.
Extracto de la motiva
Por tal manera, que, esta Sala, en aplicación del principio de confianza legitima, de expectativa plausible y del derecho a la tutela judicial eficaz, así como en cumplimiento de los postulados constitucionales y con respecto a los derechos fundamentales procesales, como a la tutela judicial eficaz, a la defensa, al debido proceso y a los valores superiores del ordenamiento jurídico, a la seguridad jurídica y a la justicia idónea, expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles, como fin último o teleológico del proceso, a fin de sanear el trámite procesal y evitar posteriores nulidades, establece que la citación de los herederos desconocidos a través del edicto indicado en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil, deberá producirse en todos los casos de fallecimiento de una de las partes.
Dispositiva
ORDENA notificar al ciudadano FRED ANDERSON VELAZCO DELGADO o a cualquiera de sus apoderados judiciales, del contenido de este fallo y de la sentencia Nro. 00505 de fecha 10 de mayo de 2016, en tal sentido, dicha notificación deberá practicarse mediante boleta publicada en la cartelera de esta Alzada, conforme a lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y en la página web de este Tribunal, con la advertencia que vencido el término de siete (7) días continuos en razón del término de la distancia más diez (10) días de despacho, se entenderá notificado.
Palabras clave
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