Sentencia N° 531 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de marzo de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 00531, Exp. 16578, 02/04/2002
Expediente16578
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-03-21
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la nulidad del acto administrativo dictado por el Concejo Municipal del Municipio Vargas, que revocó un acuerdo de arrendamiento de una parcela. La Sala declaró su incompetencia para conocer del caso, argumentando que corresponde a los Tribunales Superiores de lo Contencioso Administrativo regionales. Se reafirmó la necesidad de acercar la justicia a los ciudadanos y se destacó la importancia de la descentralización administrativa y jurisdiccional del Poder Judicial.
Extracto de la motiva
La revisión de los anteriores razonamientos demuestra que la intención del proyectista de la Ley fue desde un principio, como regla general, otorgar competencia a los Tribunales Contencioso-Administrativos regionales para conocer del contencioso de los contratos administrativos vinculados con entidades estadales o municipales, por lo que la interpretación que ha debido darse a la norma no era extensiva, sino limitando el conocimiento de esta Sala en materia de contratos administrativos, además de aquellos suscritos por la República, sólo a las causas relacionadas con contratos administrativos de Estados o Municipios que, por su trascendencia y repercusión en el colectivo, ameriten elevarse al conocimiento del Alto Tribunal.
Dispositiva
DECLARA que el competente para conocer y decidir el presente caso es el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a las partes. Remítanse el expediente judicial y el administrativo al Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los fines de que decida la presente causa. Cúmplase lo ordenado.