Sentencia N° 529 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de junio de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 00529, Exp. 2010-0067, 09/06/2010
Expediente2010-0067
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2010-06-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del TSJ revisó la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la abogada Georgina Zambrano Moncada, en representación de la sociedad mercantil SÍLICE BOQUERÓN, C.A. contra la resolución del SENIAT que declaró inadmisible un recurso jerárquico por extemporáneo. La Sala determinó que la notificación realizada por prensa fue defectuosa al no incluir los recursos y plazos correspondientes, lo que invalidó la decisión del SENIAT. Se ordenó continuar el proceso administrativo y se revocó la condenatoria en costas impuesta al Fisco Nacional.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la notificación realizada por la Administración a través de la publicación de carteles se encuentra desprovista de efecto jurídico, en consecuencia, la decisión del Recurso Jerárquico emitida con fundamento en este acto resulta viciada de nulidad absoluta por estar fundamentada en un hecho que no ocurrió, como es la preclusividad del lapso para ejercer los recursos, pues al no haber sido esto incluido dentro del texto de la notificación esta no surtió efecto jurídico y por lo tanto los lapsos nunca empezaron a computarse. La notificación defectuosa impide el cómputo del lapso de caducidad para el ejercicio de las acciones que la ley prevé, lo que resguarda el derecho a la defensa del particular afectado por el acto administrativo.

Dispositiva

1.- CON LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO, ejercido por la abogada Georgina Zambrano Moncada, con el carácter de Representante Judicial de la Sociedad Mercantil ‘SÍLICE BOQUERÓN, C.A. (SILBOCA);’ 2.- SE ANULA la Resolución del Jerárquico N° RLA/DJT/ARJ/2007-041, la Providencia (Anulación de auto de admisión) N° RLA/DJT/ARJ/2007-000040 3.- SE ORDENA a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región los Andes del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria SENIAT, continuar el proceso y conocer el fondo de los alegatos expuestos por el recurrente en fecha 30 de agosto de 2004, garantizando de esta manera el constitucional derecho a la defensa y la oportuna respuesta. 4.- SE CONDENA EN COSTAS A LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, en el 10% en la cantidad de ciento cincuenta con veintidós (150,22 U.T.) unidades tributarias.

Palabras clave

Contencioso TributarioNotificaciónSENIATSÍLICE BOQUERÓN

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