Sentencia N° 528 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de abril de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 00528, Exp. 2006-0651, 11/04/2007
Expediente2006-0651
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-04-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por JOSÉ ÁNGEL FERREIRA GARCÍA contra un auto que declaró inadmisibles las pruebas promovidas por extemporáneas. La Sala determinó que el lapso para la promoción de pruebas había vencido, por lo que la decisión del Juzgado de Sustanciación fue confirmada. En consecuencia, se declaró sin lugar la apelación y se confirmó la decisión del Juzgado.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala emitir su pronunciamiento respecto a la apelación interpuesta por la apoderada judicial del recurrente, contra el auto de fecha 8 de febrero de 2007, dictado por el Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa, mediante el cual declaró inadmisibles por extemporáneas las pruebas promovidas por esa representación. El objeto de la presente decisión consiste en determinar si el referido auto quebranta las normas que regulan el lapso para la promoción de pruebas en los juicios donde se tramitan recursos de nulidad contra actos de efectos particulares, como sucede en el caso de autos. En este sentido se observa que en fecha 12 de diciembre de 2006, la apoderada judicial del accionante consignó en el expediente el cartel de emplazamiento publicado el 11 del mismo mes y año en el diario “El Nacional”. Luego, el 31 de enero de 2007 la referida apoderada consignó escrito de promoción de pruebas. Esta Sala observa que en la decisión apelada, el Juzgado de Sustanciación señaló, previo cómputo, que el lapso para la comparecencia de los interesados venció el 17 de enero de 2007, por lo que el día de despacho siguiente a esa fecha, es decir, el 18 de ese mismo mes y año, quedó abierta a pruebas la presente causa, de conformidad con el aparte doce del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano JOSÉ ÁNGEL FERREIRA GARCÍA, contra el auto de admisión de pruebas de fecha 8 de febrero de 2007, dictado por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala. En consecuencia, se confirma dicha decisión. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa a los fines legales consiguientes. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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