Sentencia N° 524 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de junio de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 00524, Exp. 2010-0126, 09/06/2010
Expediente2010-0126
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2010-06-08
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por AGRI, C.A. contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que negó la suspensión de los efectos de un acto administrativo del SENIAT. La Sala confirmó la decisión apelada, argumentando que no se demostraron los requisitos de periculum in damni y fumus boni iuris necesarios para la suspensión de efectos del acto administrativo impugnado. Se condenó en costas a la contribuyente.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil Agri, C.A., contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 11 de noviembre de 2009 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, mediante la cual negó la suspensión de los efectos del acto administrativo contenido en la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo, distinguida con letras y números SNAT/INTI/GRTI/RLA/DSA/2009-021 del 10 de junio de 2009 y sus correlativas planillas de liquidación, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Andes del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). En orden a lo anterior, visto los términos en que se dictó la decisión interlocutoria apelada, examinadas las alegaciones invocadas en su contra por los apoderados judiciales de la contribuyente, así como las defensas opuestas por la representación judicial del Fisco Nacional; observa esta Alzada que la controversia planteada se circunscribe a decidir acerca de la procedencia de la medida cautelar de suspensión de efectos del acto impugnado, solicitada por la recurrente conjuntamente con el recurso contencioso tributario, negada por el Tribunal de la causa. Ahora bien, antes de emitir cualquier pronunciamiento sobre la protección cautelar peticionada, esta Sala considera necesario resolver como punto previo el alegato esgrimido por la contribuyente, referente a que el Tribunal de instancia en la misma oportunidad en que admitió el recurso contencioso de autos (11 de noviembre de 2009), negó la suspensión de efectos solicitada conjuntamente con el recurso contencioso tributario incoado por su representada, “sin haber abierto previamente una articulación probatoria para que las partes produjeran las pruebas pertinentes”. Al respecto, es importante señalar que mediante sentencia Nro. 04514 de fecha 22 de junio de 2005 esta Sala Político-Administrativa, estableció que el pronunciamiento sobre la medida cautelar de suspensión de efectos del acto efectuada de manera conjunta al recurso contencioso tributario no debía ocurrir con anterioridad a su admisión; y visto que en el caso bajo examen el Tribunal de instancia admitió el recurso contencioso tributario el 11 de noviembre de 2009 y, en la misma fecha, negó la aludida medida cautelar, no era necesario que la Jueza de la causa abriera una articulación probatoria para que las partes aportaran las pruebas pertinentes.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil AGRI C.A., contra la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes en fecha 11 de noviembre de 2009, que negó la suspensión de los efectos solicitada conjuntamente con el recurso contencioso tributario interpuesto por la representación judicial de la referida contribuyente contra el acto administrativo contenido en la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo distinguida con letras y números SNAT/INTI/GRTI/RLA/DSA/2009-021 del 10 de junio de 2009 y sus correlativas planillas de liquidación, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Andes del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). En consecuencia, se CONFIRMA la decisión apelada. Se CONDENA EN COSTAS a la contribuyente en un monto equivalente al uno por ciento (1%) de la cuantía del recurso contencioso tributario, de acuerdo a lo establecido en los artículos 274 y 284 del Código de Procedimiento Civil, aplicables supletoriamente a tenor de lo contemplado en el artículo 332 del Código Orgánico Tributario de 2001.

Palabras clave

suspensión de efectosacto administrativorecurso contencioso tributarioSENIATAGRI, C.A.

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