DecisiónLA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DE INTERÉS
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción por pérdida de interés en el recurso de nulidad interpuesto por Alfonso Ferretti Pellegrini. La decisión se basa en la inactividad procesal del demandante, quien no ha manifestado interés en la continuación del proceso desde 1980. Se ordenó la notificación al demandante para que manifestara su interés, pero no hubo respuesta en el lapso otorgado.
Extracto de la motiva
En el presente caso, como ha sido expuesto, visto que desde el 28 de julio de 1980, fecha de la última actuación procesal de la parte actora, oportunidad esta en la que su apoderada judicial consignó un ejemplar del Diario “El Nacional” en el que se publicó el cartel de notificación a los interesados, hasta la presente fecha, han transcurrido más de cuarenta y dos (42) años, se ordenó la notificación del demandante mediante sentencia Nro. 00430 del 9 de diciembre de 2021, a los fines de que manifestara su interés en la continuación del proceso, lo cual hasta la fecha no ha ocurrido, por tanto, atendiendo al precedente jurisprudencial citado en líneas anteriores, debe esta Sala declarar la extinción de la acción por pérdida del interés procesal. (Vid., entre otras, sentencia Nro. 01092 en fecha 08 octubre de 2015, y sentencia Nro. 826 del 19 de julio de 2017, ambas dictadas por esta Sala). Así se declara.
Dispositiva
Declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DE INTERÉS en el recurso de nulidad con solicitud de suspensión de efectos interpuesto por la abogada Carmen Méndez Peñalver, actuando como apoderada judicial del ciudadano Alfonso Ferretti Pellegrini, contra la Resolución Nro. 5.359 de fecha 28 de septiembre de 1977.