El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, declara desistida la apelación interpuesta por el Municipio Los Guayos del Estado Carabobo contra la sentencia definitiva número 1331, que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de la Compañía Operativa de Alimentos COR, C.A. La decisión se basa en la falta de fundamentación de la apelación por parte del Municipio, lo que conlleva a su desistimiento tácito. Además, se revoca el pronunciamiento del Tribunal Superior en lo Contencioso Tributario, declarando sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la empresa demandante.
Extracto de la motiva
Por esta razón, se estima que al no haber consignado la representación judicial del Municipio Los Guayos del estado Carabobo, el mencionado escrito en el cual expresara los fundamentos para solicitar la revocatoria del pronunciamiento judicial controvertido por el referido medio de impugnación, este Máximo Tribunal no puede entrar a conocer y decidir la apelación incoada, sin que ello implique suplir la carga procesal correspondiente a la señalada parte. Tal circunstancia obedece a las formalidades propias del recurso de apelación, para cuyo ejercicio se requiere a la parte apelante, cumplir en el tiempo legal establecido, la presentación por escrito de las razones de hecho y derecho en las cuales funda su inconformidad con el pronunciamiento judicial objetado, a tenor de lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. (Vid., sentencias de esta Sala números 00188 y 00191, ambas de fecha 26 de febrero de 2013, casos: M.G. Motores Valencia, C.A. e Inversiones Keopei, C.A., respectivamente y 01467 del 15 de diciembre de 2016, caso: Agropecuaria Los Almendros, C.A.). En armonía con lo indicado, de la revisión a la documentación inserta en el expediente judicial, cabe destacar que tampoco hay evidencia en autos que el Municipio haya fundamentado su recurso al momento de apelar la decisión de instancia, circunstancia que habría obligado a ésta Máxima Instancia a conocer de las denuncias invocadas conforme al criterio sentado por la Sala Constitucional mediante decisión número 1.350 de fecha 5 de agosto de 2011, caso: Desarrollo Las Américas, C.A. e Inversiones 431.799, C.A.
Dispositiva
1.- DESISTIDA LA APELACIÓN ejercida por el MUNICIPIO LOS GUAYOS DEL ESTADO CARABOBO, contra la sentencia definitiva número 1331, dictada por el Tribunal Superior en lo Contencioso de la Región Central el 21 de abril de 2014 que declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por la empresa COMPAÑÍA OPERATIVA DE ALIMENTOS COR, C.A. 2.- Que PROCEDE la consulta del mencionado fallo y conociendo de ella, se REVOCA dicho pronunciamiento. 3.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la COMPAÑÍA OPERATIVA DE ALIMENTOS COR, C.A. contra la Resolución signada con los números 108/013 de fecha 22 de febrero de 2013, dictada por el Alcalde del Municipio Los Guayos del estado Carabobo; acto administrativo que queda FIRME. 4.- Se CONDENA en costas procesales a la empresa COMPAÑÍA OPERATIVA DE ALIMENTOS COR, C.A., en los términos expresados en el mencionado fallo.