La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por SUPERMERCADOS UNICASA, C.A. contra un acto administrativo de la Inspectoría del Trabajo. La Sala aceptó la competencia declinada por la Sala Constitucional y determinó que el recurso era inadmisible debido a la falta de documentos indispensables para verificar la acción. En consecuencia, se declaró decaída la acción de amparo cautelar solicitada por la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala observa que, conforme a la jurisprudencia reiterada, cuando el recurso de nulidad es ejercido conjuntamente con acción de amparo constitucional cautelar, esta última se convierte en accesoria de la acción principal. Por lo tanto, la competencia para conocer de ambos asuntos será determinada por la competencia para conocer del recurso de nulidad. En este caso, los apoderados de la recurrente interpusieron un recurso de nulidad contra la Providencia Administrativa Nº 189-03, emanada de la Inspectoría del Trabajo, la cual no fue resuelta dentro del lapso legal, produciéndose el silencio administrativo negativo. La Sala concluye que corresponde a esta Sala Político-Administrativa pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso de nulidad, y al no acompañarse los documentos necesarios, se inadmite la acción.
Dispositiva
PRIMERO: ACEPTA la competencia que le fuera declinada por la Sala Constitucional de este Supremo Tribunal, a los fines de conocer del caso planteado. SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil SUPERMERCADOS UNICASA, C.A., contra el acto denegatorio tácito emanado de la Ministro del Trabajo del recurso jerárquico incoado contra la Providencia Administrativa Nº 189-03 de fecha 15 de agosto de 2003, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DEL ESTADO MIRANDA y en consecuencia DECAÍDA la acción de amparo ejercida en forma cautelar.
Palabras clave
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