DecisiónSe ORDENA la notificación de la sociedad mercantil Corpomedios G.V. Inversiones, C.A. (GLOBOVISIÓN) en su domicilio procesal, para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la constancia en el expediente de la notificación practicada, manifieste su interés en que se decida el recurso.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de notificación a la sociedad mercantil Corpomedios G.V. Inversiones, C.A. (GLOBOVISIÓN) debido a la falta de interés procesal manifestada desde el 06 de marzo de 2012. La Sala ordenó la notificación personal o, en su defecto, mediante boleta publicada en la cartelera de la Sala, para que la parte actora manifieste su interés en la continuación del proceso dentro de un lapso de diez días.
Extracto de la motiva
De las actas procesales pudo verificarse que desde el 06 de marzo de 2012 la parte actora no ha manifestado su interés en la continuación de la causa, lo que no solo es esencial para la interposición de una acción, sino que debe permanecer a lo largo de todo el proceso, por ser inútil y gravoso continuar con un juicio en el que no hay interesado (ver sentencias de la Sala Constitucional Nros. 1.153 del 8 de junio de 2006 y 1.097 del 5 de junio de 2007 y sentencia de la Sala Político Administrativa N° 180 del 7 de marzo de 2012). Es de destacar que la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal ha dejado sentado que “la presunción de pérdida del interés procesal puede darse en dos casos de inactividad: antes de la admisión de la demanda o después de que la causa ha entrado en estado de sentencia. En el resto de los casos, es decir, entre la admisión y la oportunidad en que se dice ´vistos´ y comienza el lapso para decidir la causa, la inactividad produciría la perención de la instancia”. La imposibilidad de presunción de tal pérdida de interés ha conducido a este Máximo Tribunal, tanto en Sala Constitucional como en esta Sala Político-Administrativa, a ordenar la notificación de la parte afectada, concediéndole un lapso prudencial para que manifieste su interés en la decisión de la causa, todo en aras de resguardar el derecho a la tutela judicial efectiva.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Se ORDENA la notificación de la sociedad mercantil Corpomedios G.V. Inversiones, C.A. (GLOBOVISIÓN) en su domicilio procesal, para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la constancia en el expediente de la notificación practicada, manifieste su interés en que se decida el recurso. En caso de no ser posible la notificación personal de la referida empresa, esta deberá practicarse mediante boleta publicada en la cartelera de esta Sala, en los mismos términos. Transcurrido el indicado lapso sin que la parte manifieste su interés en que se decida la causa, la Sala emitirá el pronunciamiento correspondiente.
Palabras clave
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