Sentencia N° 515 — Sala Político Administrativa del TSJ, 1 de marzo de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00515, Exp. 2006-0019, 02/03/2006
Expediente2006-0019
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRegulacion de competencia
Fecha de la decisión2006-03-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia solicitada por la representación judicial del Fisco Nacional, en relación con un recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil Distribuidora de Licores Cuicas, C.A. contra un acto administrativo del SENIAT que negó la solicitud de registro y autorización para la instalación de un expendio de bebidas alcohólicas. La Sala determinó que el acto impugnado era de naturaleza administrativa y no tributaria, lo que le confería competencia para conocer del caso.

Extracto de la motiva

La solicitud formulada por la recurrente tenía como finalidad que el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), le autorizara la venta de bebidas alcohólicas, de modo de cumplir no sólo con la normativa regulada por la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas, sino además llenar los extremos exigidos para obtener la licencia de industria y comercio en el Municipio Candelaria del Estado Trujillo, jurisdicción desde la cual la empresa contribuyente desarrollaría su actividad económica. Analizada la antedicha petición, concluyó la Administración Tributaria en la Resolución impugnada, que Distribuidora de Licores Cuicas, C.A., no podía obtener el registro y autorización de expendio de bebidas alcohólicas, '…ya que el contrato de arrendamiento es de un inmueble de 2 plantas y de las fotografías se deduce que se trata de un galpón lo que contradice lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas, así mismo el Establecimiento se encuentra a 60 metros del Margen de la Carretera, lo que contraviene lo establecido en el Artículo 203 del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas…'. Visto lo anterior y bajo la premisa de que la actividad desarrollada por los órganos de los entes político-territoriales a quienes se ha atribuido el ejercicio de la potestad tributaria, no se limita a la determinación o liquidación de tributos e imposición de sanciones por ilícitos fiscales, y que la declaración de voluntad contenida en el acto recurrido ha sido fundamentada en dos preceptos, a saber: el artículo 42 de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas, y el artículo 203 de su Reglamento, que regulaban junto con otras disposiciones lo relativo al procedimiento para la solicitud y obtención de la autorización para el expendio de bebidas alcohólicas; se desprende que la Resolución Nº RLA-DRL-02-0053, ya identificada, representa una manifestación de voluntad esencialmente administrativa, de naturaleza autorizatoria, revisable por los Tribunales Superiores de lo Contencioso Administrativo.

Dispositiva

1.- QUE ES COMPETENTE para conocer de la solicitud de regulación de competencia planteada. 2.- QUE CORRESPONDE AL JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN DE LOS ANDES, LA COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso incoado por el ciudadano Ediccio José Villegas Marín, actuando con el carácter de Director Gerente de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA DE LICORES CUICAS, C.A., asistido por la abogada Sonia Cavedoni, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº RLA-DRL-02-0053 de fecha 2 de septiembre de 2002, emanada de la GERENCIA DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN LOS ANDES DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante la cual se negó 'la solicitud de registro y autorización para la instalación de un expendio de especies alcohólicas al por mayor y al por menor'. En consecuencia, se REVOCA la decisión dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes en fecha 22 de abril de 2005, a través de la cual admitió el recurso interpuesto por la mencionada contribuyente.

Palabras clave

regulacion de competenciacontencioso tributarioSENIATbebidas alcoholicasresolucion administrativalicencia de comerciotribunales contenciososdistribuidora de licores

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