La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró parcialmente con lugar la demanda por cobro de bolívares interpuesta por los ahorristas del Banco Consolidado (Aruba) N.V. contra el Banco Consolidado, C.A., ahora Banco Occidental de Descuento, C.A. La Sala determinó que ambas instituciones pertenecen al mismo grupo económico y que, por lo tanto, el Banco Consolidado, C.A. tiene una obligación indivisible frente a los ahorristas. Se ordenó el pago de cantidades específicas a varios demandantes, calculadas al tipo de cambio vigente en la fecha de publicación del fallo, mientras que se declaró improcedente el pago de los intereses reclamados por los demandantes.
Dispositiva
1) La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda la tercería incoada por los apoderados judiciales del BANCO CONSOLIDADO, C.A., ahora BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, C.A., BANCO UNIVERSAL. 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de bolívares interpuesta por LOS AHORRISTAS DEL BANCO CONSOLIDADO (ARUBA) N.V. contra el BANCO CONSOLIDADO, C.A., ahora BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, C.A., BANCO UNIVERSAL.
Palabras clave
Banco ConsolidadoAhorristasCobro de bolívaresGrupo económico