Sentencia N° 513 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de junio de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00513, Exp. 2022-0093, 13/06/2023
Expediente2022-0093
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRegulacion de Jurisdiccion
Fecha de la decisión2023-06-13
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por el abogado Neiro Jesús Márquez Mora, defensor judicial ad litem del ciudadano Luis Tadeo Guerra Mago. La Sala confirmó la sentencia del Juzgado de Municipio Ordinario que había declarado sin lugar la cuestión previa relacionada con la falta de jurisdicción del Poder Judicial, determinando que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer la demanda por resolución de contrato de opción de compra-venta presentada por la sociedad mercantil Promotora Isla La Blanquilla, C.A. (PROISBLAN). Además, se condenó en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala Político-Administrativa emitir un pronunciamiento con relación al recurso de regulación de jurisdicción planteado, de acuerdo a la competencia que le ha sido atribuida en el numeral 20 del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los artículos 26, numeral 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y los artículos 59 y 66 del Código de Procedimiento Civil. Para decidir, se observa: Mediante sentencia interlocutoria de fecha 22 de septiembre de 2021, el Juzgado remitente, declaró sin lugar la cuestión previa opuesta por la demandada, contenida en el

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso de regulación de la jurisdicción, ejercido por el abogado Neiro Jesús Márquez Mora, antes identificado, defensor judicial ad litem, del ciudadano LUÍS TADEO GUERRA MAGO, contra la sentencia dictada el 22 de septiembre de 2021, por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta. 2.- El PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer la demanda por resolución de contrato de opción de compraventa, interpuesta por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil PROMOTORA ISLA LA BLANQUILLA, C.A. (PROISBLAN). 3.- Se CONFIRMA la sentencia dictada el 22 de septiembre de 2021, por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta. 4.- Se CONDENA EN COSTAS a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

jurisdicciónadministración públicacontratoviviendaregulación

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