La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de suspensión de efectos del acto administrativo de destitución del ciudadano Manuel Mauricio Pizarro Adarve. La decisión se basa en la falta de cumplimiento de los requisitos necesarios para la procedencia de la medida cautelar, específicamente el fumus boni iuris, lo que llevó a declarar improcedente la solicitud. La Sala destacó que el acto administrativo impugnado tiene presunción de legalidad y que el recurrente no demostró adecuadamente el perjuicio que podría sufrir.
Extracto de la motiva
En virtud de las precedentes consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida de suspensión de efectos formulada por el ciudadano MANUEL MAURICIO PIZARRO ADARVE, en el recurso de nulidad incoado contra la Resolución N° 326 de fecha 13 de junio de 2008, emanada del MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.
Dispositiva
En virtud de las precedentes consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida de suspensión de efectos formulada por el ciudadano MANUEL MAURICIO PIZARRO ADARVE, en el recurso de nulidad incoado contra la Resolución N° 326 de fecha 13 de junio de 2008, emanada del MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el cuaderno de medidas al Juzgado de Sustanciación y agréguese copia certificada de la presente decisión a la pieza principal. Cúmplase lo ordenado.