Sentencia N° 513 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de marzo de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 00513, Exp. 0204, 19/03/2002
Expediente0204
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-03-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide homologar la transacción celebrada entre la CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (CORPOINDUSTRIA) y la sociedad mercantil PERSILUZ, S.R.L. La transacción fue suscrita por ambas partes y se ajusta a las previsiones del Código Civil, cumpliendo con los requisitos de validez necesarios. La Sala considera que la homologación de la transacción es procedente y se declara homologada conforme a lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
Extracto de la motiva
Los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil señalan textualmente lo siguiente: Artículo 255. 'La transacción tiene entre las partes la misma fuerza que la cosa juzgada.' Artículo 256. 'Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución.' Al respecto, observa esta Sala que la transacción es un contrato por el cual las partes, mediante recíprocas concesiones pueden ponerle fin a un litigio pendiente, con la misma fuerza que la cosa juzgada. Sin embargo, el ordenamiento jurídico impone para la validez de este medio de autocomposición procesal, el cumplimiento de varios requisitos específicos cuya inobservancia puede conducir a su nulidad. Como todo contrato, la transacción está sometida a las condiciones de validez de éstos, especialmente las que se refieren a la capacidad para disponer de las cosas comprendidas en la transacción, así como el haberse dado tal facultad expresamente a quienes la realizan con el carácter de representantes o apoderados en juicio.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA la transacción suscrita entre la CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (CORPOINDUSTRIA) y la sociedad mercantil PERSILUZ, S.R.L., todo de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese, regístrese y comuníquese.