La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de citación por edictos de los herederos desconocidos de la ciudadana Luisa DÍAZ de RODRÍGUEZ, tras su fallecimiento. Se fundamenta en los artículos 144 y 231 del Código de Procedimiento Civil, que establecen la suspensión del proceso y la forma de citación en caso de muerte de una de las partes. Se ordena la publicación del edicto en dos periódicos de circulación nacional durante sesenta días.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse respecto a la petición formulada por el apoderado judicial del co-demandante Pedro Vicente DÍAZ SEIJAS, antes identificado, quien actuando como integrante de la “Sucesión Díaz Seijas” solicitó que se ordenara la citación por edictos prevista en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil, en razón del fallecimiento de la ciudadana Luisa DÍAZ de RODRÍGUEZ. Teniendo en cuenta la consignación en el expediente de la copia fotostática del acta de defunción de uno de los codemandantes, resulta pertinente la cita de los artículos 144 y 231 del Código de Procedimiento Civil, aplicables al caso de conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. Así, las mencionadas normas disponen: Artículo 144. “La muerte de la parte desde que se haga constar en el expediente, suspenderá el curso de la causa mientras se cite a los herederos”. Artículo 231. “Cuando se compruebe que son desconocidos los sucesores de una persona determinada que ha fallecido, y esté comprobado o reconocido un derecho de ésta referente a una herencia u otra cosa común, la citación que debe hacerse a tales sucesores desconocidos en relación con las acciones que afecten dicho derecho, se verificará por un edicto en que se llame a quienes se crean asistidos de aquel derecho para que comparezcan a darse por citados en un término no menor de sesenta días continuos, ni mayor de ciento veinte, a juicio del Tribunal, según las circunstancias. El edicto deberá contener el nombre y apellido del demandante y los del causante de los sucesores desconocidos, el último domicilio del causante, el objeto de la demanda y el día y la hora de la comparecencia. El edicto se fijará en la puerta del Tribunal y se publicará en dos periódicos de los de mayor circulación en la localidad o en la más inmediata, que indicará el Juez, por lo menos durante sesenta días, dos veces por semana.”
Dispositiva
Con fundamento en los argumentos anteriormente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA convocar a los herederos desconocidos de la ciudadana Luisa DÍAZ de RODRÍGUEZ, a través de un edicto que se publicará en los diarios “Últimas Noticias” y “Vea”, durante sesenta (60) días, dos veces por semana. La causa quedará suspendida durante sesenta (60) días, lapso otorgado a los herederos desconocidos para que comparezcan a la Sala a darse por citados. Notifíquese a las partes. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.