La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria de la sentencia N° 00057, dictada el 24 de enero de 2007, presentada por los apoderados de Inversiones Gala, S.A. La Sala determinó que la solicitud fue interpuesta de manera oportuna, pero consideró que no existían conceptos oscuros o ambiguos en la sentencia original que justificaran la aclaratoria. Se reafirmó que la perención de la instancia se había consumado debido a la inactividad procesal de las partes durante el tiempo estipulado por la ley.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la solicitud de “aclaratoria” de la sentencia N° 00057 de fecha 24 de enero de 2007, efectuada por los representantes judiciales de la sociedad mercantil contribuyente. En tal sentido, el precitado artículo 252 del Código de Procedimiento Civil prevé la posibilidad de hacer correcciones a las sentencias judiciales por medios específicos, a saber, las aclaratorias, las salvaduras, las rectificaciones y las ampliaciones, teniendo cada uno de estos mecanismos propósitos distintos que dependerán de las deficiencias que presenten los fallos. En tal sentido, la jurisprudencia de esta Sala ha establecido la posibilidad jurídica de hacer correcciones a las sentencias por medios específicos, siendo tales medios de corrección: las aclaratorias, salvatura de omisiones, rectificación de los errores de copia, de referencia o de cálculos numéricos que aparecieren manifiestos en la sentencia y las ampliaciones; teniendo cada uno de ellos -como se dijo antes- diferentes finalidades de acuerdo a las deficiencias que posean las sentencias en cada caso particular, sin que estas correcciones puedan modificarla. (ver fallos: N° 186 de fecha 17 de febrero de 2000, N° 02676 del 14 de noviembre de 2001 y N° 621 de fecha 10 de junio de 2004, todos dictados por esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia).
Dispositiva
Con fundamento en los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de “aclaratoria” de la sentencia N° 00057 dictada el 24 de enero de 2007, formulada por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil Inversiones Gala, S.A. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase el expediente al tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
aclaratoriaperencióninstanciaCódigo de Procedimiento Civilsentenciajusticiaderechoadministración