La ciudadana Rosa Angelina Guzmán de Deyón interpuso un recurso de nulidad contra la decisión de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia que dejó sin efecto su designación como Jueza Provisoria. La Sala Político-Administrativa, al analizar el caso, determinó que la recurrente no había sido notificada adecuadamente del procedimiento administrativo en su contra, lo que alegó como violación a su derecho al debido proceso. Sin embargo, la Sala concluyó que la remoción de su cargo no requería un procedimiento administrativo, dado que su designación era provisional y no le confería estabilidad en el cargo.
Extracto de la motiva
Corresponde a la Sala pronunciarse sobre el fondo del presente recurso y en tal sentido se observa, que la parte accionante pretende se declare la nulidad de la Resolución contenida en el Oficio distinguido con el N° TPE-03-1670, dictada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 23 de septiembre de 2003, mediante la cual se resolvió dejar sin efecto la designación de la recurrente en el cargo de Jueza Provisoria del Juzgado del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede en Cantaura. De esta forma, la accionante sostuvo que el acto recurrido le había violado el derecho al debido proceso, toda vez que de haberse sustanciado un procedimiento administrativo en su contra, el inicio de éste nunca le fue notificado y por ende, no tuvo oportunidad de defenderse ni promover las pruebas que estimare convenientes. En respaldo de dicha afirmación, solicitó se valorara como prueba de la omisión del referido procedimiento, la negativa de la Comisión Judicial de remitir el expediente administrativo correspondiente, pese a haber sido requerido en múltiples oportunidades por la Sala. De ahí que, planteada en los términos antes expuestos la denuncia de violación al debido procedimiento, resulta pertinente ratificar la diferenciación que se viene efectuado en jurisprudencia reiterada sobre el tema acerca del retiro originado en una causa disciplinaria y la remoción del cargo.
Dispositiva
Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad ejercido por la ciudadana Rosa Angelina Guzmán de Deyón contra la Providencia Administrativa contenida en el Oficio distinguido con el N° TPE-03-1670, emanado de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 23 de septiembre de 2003. Publíquese, regístrese y notifíquese. Ofíciese a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura y remítase copia certificada de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
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