La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 00509, ordena a la C.A. de Seguros La Occidental cumplir con el pago de montos establecidos en la sentencia N° 00406 del 22 de abril de 2015, a favor del Instituto de Vialidad del Estado Falcón (INVIALFA), que ha sido suprimido. Se destaca que la obligación de pago debe ser asumida por la Gobernación del Estado Falcón, según la Ley de Supresión y Liquidación del INVIALFA. La Sala también ordena la anulación y devolución de cheques emitidos a nombre del Instituto suprimido.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la solicitud planteada por la parte actora y al respecto observa: En fecha 03 de marzo de 2016 fue consignado anexo a la diligencia suscrita por el representante de la Procuraduría General del Estado Falcón, copia de la Ley Especial de Supresión y Liquidación del Instituto de Vialidad del Estado Falcón (INVIALFA) dictada por el Consejo Legislativo del estado Falcón, publicada en la Gaceta Oficial de dicho estado en su edición Extraordinaria del 14 de mayo de 2009 en cuyo artículo 4 se establece: “(…) se notificará a las empresas afianzadoras responsables solidarios de las obligaciones contractuales asumidas, por las diferentes empresas contratistas del cambio de acreedor, ya que la responsabilidad del dichas obligaciones la ejercerá La Gobernación del Estado Falcón, a través de la Secretaría de Infraestructura y Equipamiento Físico (S.I.E.F.)”. Siendo que por diligencia del 23 de septiembre de 2015 el apoderado judicial de la sociedad mercantil C.A. De Seguros La Occidental procedió en nombre de su mandante a dar cumplimiento voluntario de la referida sentencia, y consignó, sendos cheques identificados con “los números 12443415, girado contra la Cuenta número 0116-0101-43-2101005332, de C.A. DE SEGUROS LA OCCIDENTAL en la entidad financiera B.O.D., (anteriormente denominada Banco Occidental de Descuento), librado en fecha 11 de agosto de 2015, por la cantidad de SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE BOLÍVARES CON TREINTA CÉNTIMOS (Bs. 765.567,30); y 08443416 girado contra la Cuenta número 0116-0101-43-2101005332, de C.A. DE SEGUROS LA OCCIDENTAL en la entidad financiera B.O.D., (anteriormente denominada Banco Occidental de Descuento), librado en fecha 11 de agosto de 2015, por la cantidad de TRES MILLONES CIENTO VEINTIDÓS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN BOLÍVARES CON CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 3.122.451,42)”. Esta Sala ordena notificar a la C.A. de Seguros La Occidental a los fines de que cumpla con la obligación en el pago de los montos ordenados en la Sentencia N° 00406 del 22 de abril de 2015 a nombre del Estado Falcón, en virtud de la supresión y liquidación de la cual fue objeto el Instituto de Vialidad del Estado Falcón (INVIALFA) por parte del Consejo Legislativo de dicho estado y, les sean anulados y devueltos los cheques emitidos a nombre del Instituto suprimido y que reposan en la Caja Fuerte de la Secretaría de esta Sala. Así se determina.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA la notificación a la C.A. de Seguros La Occidental a los fines de que cumpla con la obligación en el pago de los montos ordenados en la Sentencia N° 00406 del 22 de abril de 2015 a nombre del Estado Falcón, en virtud de la supresión y liquidación de la cual fue objeto el Instituto de Vialidad del Estado Falcón (INVIALFA) por parte del Consejo Legislativo de dicho estado y, les sean anulados y devueltos los cheques emitidos a nombre del Instituto suprimido y que reposan en la Caja Fuerte de la Secretaría de esta Sala. Se ordena la notificación al Procurador General del estado Falcón. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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