Sentencia N° 509 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de marzo de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 00509, Exp. 02-0103, 19/03/2002
Expediente02-0103
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2002-03-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la declinatoria de competencia presentada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Trabajo, del Tránsito y Estabilidad Laboral del Estado Cojedes. Se determinó que la Sala es competente para conocer de la demanda por cobro de bolívares derivada de un contrato administrativo entre el demandante y la Alcaldía del Municipio Autónomo San Carlos. La Sala aceptó la competencia declinada y ordenó remitir los autos al Juzgado de Sustanciación para que se pronuncie sobre la admisión de la demanda.

Extracto de la motiva

Vista la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Trabajo, del Tránsito y de Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, de fecha 14 de noviembre de 2001, en la cual se declinó la competencia para conocer de la presente causa ante esta Sala Político Administrativa, corresponde dilucidar si tal declinatoria es procedente de conformidad la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia. El ordinal 14 del artículo 42 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, establece que es competencia de esta Sala Político Administrativa del Máximo Tribunal de la República, lo que se transcribe a continuación: Artículo 42. “Es de la competencia de la Corte como más alto Tribunal de la República” “Ordinal 14. Conocer de las cuestiones de cualquier naturaleza que se susciten con motivo de la interpretación, cumplimiento, caducidad, nulidad, validez o resolución de los contratos administrativos en los cuales sea parte la República, los Estados o las Municipalidades”. Señalado lo anterior, se observa que corresponde a esta Sala Político Administrativa el conocimiento de aquellas cuestiones de cualquier naturaleza que se susciten con motivo de la interpretación, cumplimiento, caducidad, nulidad, validez o resolución de contratos administrativos en los cuales sea parte la República, los Estados o las Municipalidades; y siendo que en el presente caso se trata de demanda por cobro de bolívares derivado del incumplimiento de un contrato administrativo en el cual es parte contratante la Alcaldía del Municipio Lander del Estado Cojedes y, por cuanto lo que pretende el recurrente es el cumplimiento del contrato emanado de la mencionada Alcaldía en fecha 21 de mayo de 2000, evidentemente, esta Sala concluye que es a ella a quien corresponde el conocimiento de la presente acción.

Dispositiva

Por todas las razones antes expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide que ACEPTA LA COMPETENCIA que le fuera declinada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Trabajo, del Tránsito y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, por sentencia de fecha 14 de noviembre de 2001, en la demanda incoada por el ciudadano Víctor Ramón Casadiego Hernández, contra la Alcaldía del Municipio Autónomo San Carlos del Estado Cojedes, derivada del contrato Nº CM-P2000-038 de fecha 21 de mayo de 2000, referente a la construcción del colector de aguas servidas, en la avenida Egor Nucette, frente al mercado Municipal del Municipio Autónomo del Estado Cojedes según lo establecido en el ordinal 14º del artículo 42 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, y en consecuencia, ordena remitir los autos al Juzgado de Sustanciación a fin de que se pronuncie sobre la admisión de la demanda, previo el examen de los requisitos de Ley, con excepción de la competencia ya decidida en este fallo.

Palabras clave

competenciacontrato administrativocobro de bolívaresAlcaldíaEstado Cojedesjurisdiccióndemandaconstrucción

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