Sentencia N° 508 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de mayo de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 00508, Exp. 2004-0211, 20/05/2004
Expediente2004-0211
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2004-05-19
DecisiónDesistida

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala Político-Administrativa, declara desistida la apelación interpuesta por el abogado Gustavo Domínguez Moreno en representación del Fisco Nacional, contra una sentencia anterior que había declarado con lugar un recurso contencioso tributario. La decisión se basa en que el apelante no presentó el escrito de formalización de la apelación dentro del lapso establecido por la ley, lo que se considera un desistimiento tácito del recurso interpuesto.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 162 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia lo siguiente: "En la audiencia en que se dé cuenta de un expediente enviado a la Corte en virtud de apelación, se designará Ponente y se fijará la décima audiencia para comenzar la relación. Dentro de ese término el apelante presentará escrito en el cual precisará las razones de hecho y de derecho en que se funde. Vencido ese término correrá otro de cinco audiencias para la contestación de la apelación. Si el apelante no presentare el escrito en el lapso indicado, se considerará que ha desistido de la apelación y así lo declarará la Corte, de oficio o a instancia de la otra parte". Del análisis de la norma transcrita, se desprende que el apelante tiene la carga procesal de consignar su escrito de formalización de la apelación, exponiendo los fundamentos fácticos y jurídicos que motivaron la interposición de la misma. En el presente caso, según consta en autos, ha quedado plenamente comprobado que en el lapso a que se refiere la norma transcrita, el apelante no consignó el escrito de formalización; por tanto, resulta forzoso para esta Sala concluir que el apelante desistió tácitamente del recurso interpuesto, y así se declara.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA la apelación interpuesta por el abogado Gustavo Domínguez Moreno, actuando en representación del FISCO NACIONAL, contra la sentencia Nº 727, dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 30 de junio de 2003, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por el abogado Alberto Arteaga Escalante, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil SANTA FE DRILLING VENEZUELA, C.A., contra la Resolución Nº GRNO-DR-CD-300-2002-00184, de fecha 12 de julio de 2002, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la región Nor-Oriental, en materia de Activos Empresariales, la cual, en consecuencia, queda FIRME.

Palabras clave

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