La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud presentada por Silvestre Manuel Barrios Aranguren, argumentando que la misma es ininteligible y confusa. Se señala que no se puede determinar el objeto de la consulta debido a la falta de claridad en la redacción del escrito. Además, se hace un llamado al abogado Teofilo Bezara Fagre para que mantenga una conducta acorde con su labor profesional.
Extracto de la motiva
De un estudio del escrito de “consulta” interpuesto por el ciudadano Silvestre Manuel Barrios Aranguren, esta Sala observa que dicha solicitud es de tal modo oscura e incoherente que, como ha sido planteada, resulta definitivamente ininteligible. No se entiende, ciertamente, cuál es la pretensión de la “Consulta” presentada, toda vez que, como se puede apreciar de la trascripción realizada en el capítulo referido a los antecedentes del caso, el escrito contentivo de la misma es totalmente confuso. En efecto, pese al esfuerzo interpretativo que se ha efectuado para desentrañar el objeto de este escrito, resulta prácticamente imposible atender a la solicitud interpuesta por la parte actora, debido a la imprecisión y confusión con que ha sido redactado. De conformidad con lo expuesto, este Alto Tribunal considera que no puede determinarse el objeto perseguido por la parte actora a través de la presente solicitud; así como el errado planteamiento expuesto en el escrito para precisar el mecanismo judicial que se ha interpuesto, ya que dentro de las competencias de esta Sala Político-Administrativa establecidas en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela (artículo 5º ordinales 24 al 37), no se encuentra ninguna referida al conocimiento de “consultas”, cuyo objetivo pareciera ser obtener una opinión de este órgano jurisdiccional, tal y como ha sido planteado el caso de autos.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud formulada por el ciudadano SILVESTRE MANUEL BARRIOS ARANGUREN, asistido por el abogado Teofilo Bezara Fagre. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el presente expediente. Cúmplase lo ordenado.