El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por Distribuidora Brezal, C.A. contra la Resolución del SENIAT que declaró sin lugar un recurso jerárquico. La Sala confirmó la decisión del Tribunal a quo que había declarado con lugar el recurso, argumentando que la obligación tributaria estaba prescrita debido al transcurso del tiempo sin respuesta por parte de la Administración Tributaria. Se anula el acto administrativo impugnado y se establece que no procede la condenatoria en costas al Fisco Nacional.
Extracto de la motiva
El Tribunal observa que la recurrente opone la prescripción de la acción tributaria, toda vez que desde el momento de la introducción del recurso jerárquico el 01-11-2001, el lapso para que la Administración Tributaria adoptara la decisión correspondiente venció el 01-03-2002, fecha en que vencieron los cuatro (4) meses establecidos en el artículo 170 del Código Orgánico Tributario de 1994, por lo cual con ese silencio administrativo se produjo la Resolución definitiva tácita a la cual se le debe agregar el lapso de sesenta (60) días calendarios, el cual culminaba el 30-05-2002, por lo que al dictarse la resolución impugnada el 14-03-2012 y notificada el 26-06-2012, la obligación tributaria se encuentra prescrita, ya que transcurrió diez (10) años y veintiséis (26) días.
Dispositiva
1.- Se DESESTIMA el escrito de contestación a la apelación presentado por la abogada Flor María Zurita, de conformidad con lo expresado en esta decisión judicial. 2.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación en juicio del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva Nro. 1637 de fecha 12 de abril de 2013 dictada por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario ejercido conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por la contribuyente, la cual se CONFIRMA en los términos expuestos en este fallo. 3.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido por la representación judicial de la compañía recurrente contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nro. SNAT-GGSJ-GR-DRAAT-2012-0181 de fecha 14 de marzo de 2012, emanada de la Gerencia General de los Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual decidió sin lugar el recurso jerárquico incoado por la recurrente, la cual se ANULA. NO PROCEDE la condenatoria en costas al Fisco Nacional conforme a lo señalado en esta sentencia.