Sentencia N° 502 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de febrero de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00502, Exp. 2006-0222, 23/02/2006
Expediente2006-0222
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-02-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. El caso se refiere a un recurso de nulidad interpuesto por el abogado John Gerardo Elías en representación de AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A. contra una providencia administrativa que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos a favor de dos ciudadanos. La Sala, tras analizar los antecedentes y la normativa aplicable, determinó que la competencia para conocer del recurso corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, dado que el acto impugnado emanó de la Inspectoría del Trabajo de Barcelona en el Estado Anzoátegui. Así, se declaró competente para conocer el conflicto planteado y se ordenó remitir el expediente al juzgado correspondiente. Finalmente, la Sala resolvió que es competente para conocer el conflicto negativo planteado y que el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental debe decidir sobre el recurso de nulidad interpuesto.

Extracto de la motiva

La Sala Político-Administrativa, actuando como cúspide de la jurisdicción contencioso-administrativa, y visto que los dos tribunales involucrados forman parte de esta jurisdicción, se declara competente para conocer el conflicto planteado. Así se declara. A los fines de determinar cuál es el tribunal competente para conocer del presente recurso de nulidad ejercido contra un acto emanado de la Inspectoría del Trabajo de Barcelona en el Estado Anzoátegui, debe esta Sala señalar que el criterio actualmente vigente de este Máximo Tribunal en dicha materia, establece que esa competencia corresponde a los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa, y dentro de ella, particularmente en primera instancia, a los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo Regionales. Es por tal razón que esta Sala, atendiendo al caso de autos, observa que se ha ejercido un recurso de nulidad por el abogado John Gerardo Elías, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil AEROPOSTAL Alas de Venezuela, C.A., contra la Providencia Administrativa de fecha 12 de marzo de 2004, emanada de la Inspectoría del Trabajo de Barcelona en el Estado Anzoátegui, que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por los ciudadanos Julio Turmero y Rosa Rodríguez, contra la referida sociedad mercantil; siendo entonces procedente declarar competente para conocer del caso al “Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental”, ya que no obstante este recurso originalmente fue interpuesto ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la región Capital, es evidente que al haber sido ejercido contra un acto emanado de la Inspectoría del Trabajo de Barcelona en el Estado Anzoátegui, resulta competente, por el territorio, el Tribunal mencionado en primer término. Así se declara.

Dispositiva

1.- QUE ES COMPETENTE la competencia para conocer el conflicto negativo planteado. 2.- Que corresponde al JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN NOR-ORIENTAL, conocer y decidir el recurso de nulidad interpuesto por el abogado John Gerardo Elías, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A., contra la Providencia Administrativa de fecha 12 de marzo de 2004, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE BARCELONA EN EL ESTADO ANZOÁTEGUI, que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por los ciudadanos Julio Turmero y Rosa Rodríguez, contra la referida sociedad mercantil. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado declarado competente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

conflicto negativo de competenciarecurso de nulidadjurisdicción contencioso-administrativaAEROPOSTALInspectoría del Trabajodespidoreenganchesalarios caídos

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