Sentencia N° 501 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de abril de 2014

TSJ/SPA, Sent. N° 00501, Exp. 2013-0460, 03/04/2014
Expediente2013-0460
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAbstencion
Fecha de la decisión2014-04-02
DecisiónExtinguida la instancia

Resumen

El ciudadano Carlos Alfredo Tovar Alfaro interpuso una demanda por abstención contra el Ministro del Poder Popular para la Defensa por la falta de respuesta a su solicitud de pase a la situación de retiro de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, tras analizar el caso, determinó su competencia para conocer de la demanda y el procedimiento aplicable. Sin embargo, se constató que el Ministro había negado la solicitud de pase a retiro, lo que llevó a la Sala a declarar el decaimiento de la acción y la extinción de la instancia.

Extracto de la motiva

El recurso por abstención es un medio contencioso administrativo que puede -y debe- dar cabida a la pretensión de condena al cumplimiento de toda obligación administrativa incumplida, sin que se distinga si ésta es específica o genérica. En consecuencia, puede incluso tener como objeto la pretensión de condena a que la Administración decida expresamente una petición administrativa –con independencia de que otorgue o rechace el derecho solicitado- en garantía del derecho de petición. En el presente caso, la Sala observa que el actor denunció el incumplimiento por parte del ciudadano Ministro del Poder Popular para la Defensa, al no haberle dado respuesta alguna sobre su solicitud de pase a situación de retiro como Coronel de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, perteneciente al componente militar del Ejército Bolivariano, toda vez que han transcurrido cinco (5) meses desde que realizó la solicitud, en fecha 31 de octubre de 2012.

Dispositiva

1.- Su COMPETENCIA para conocer de la demanda por abstención ejercida por el ciudadano CARLOS ALFREDO TOVAR ALFARO contra el MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA. 2.- EL DECAIMIENTO de la acción interpuesta, en consecuencia, se declara extinguida la instancia en el caso de autos. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Cúmplase con lo ordenado.

Palabras clave

abstenciónpase a retiroFuerza Armada Nacional Bolivarianadecisión administrativa

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