Sentencia N° 500 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de febrero de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00500, Exp. 2006-0272, 23/02/2006
Expediente2006-0272
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-02-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Primero de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo del Estado Bolívar y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Se determinó que el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar es el competente para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la abogada Teresa Saldoval Aparicio en representación de Verónica Josefina Barrios Suárez contra una providencia administrativa que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido de la sociedad mercantil Óptica Vicent, C.A.

Extracto de la motiva

La Sala establece su competencia para resolver el conflicto negativo planteado, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Se señala que la competencia corresponde a los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa, y en particular a los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo Regionales. En este caso, se ha planteado un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Primero de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo del Estado Bolívar y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la abogada Teresa Saldoval Aparicio. La Sala, actuando como cúspide de la jurisdicción contencioso-administrativa, se declara competente para conocer el conflicto planteado.

Dispositiva

1.- QUE ES COMPETENTE para conocer el conflicto negativo planteado. 2.- Que corresponde al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, conocer y decidir el recurso de nulidad interpuesto por la abogada Teresa Saldoval Aparicio actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana VERÓNICA JOSEFINA BARRIOS SUÁREZ, contra la Providencia Administrativa N° 98-024 de fecha 29 de mayo de 1998, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN LA ZONA DEL HIERRO, PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido incoada por la sociedad mercantil ÓPTICA VICENT, C.A., contra la mencionada ciudadana.

Palabras clave

conflicto negativo de competenciarecurso contencioso administrativonulidadInspectoría del TrabajoEstado BolívarÓptica Vicentcalificación de despido

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