La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 00050, declaró con lugar los recursos contencioso tributarios interpuestos por la sociedad C. Hellmund & Cía., S.A. contra las resoluciones de la Dirección General de Rentas Municipales del Municipio Sucre, que impusieron sanciones a las extintas empresas Micromateriales, C.A. y Distribuidora Helqui, C.A. La decisión se fundamenta en la inexistencia de las empresas al momento de las sanciones, debido a su fusión en 1994, lo que las exime de responsabilidad tributaria. Se anulan las resoluciones impugnadas y no se condena en costas al Municipio demandado.
Extracto de la motiva
Con carácter previo, importa recalcar que esta Superioridad decidirá con los elementos cursantes en el expediente judicial, en virtud de que el expediente administrativo fue solicitado -como se dijo supra- por la Jueza de instancia el 14 de julio de 1997 y por esta Alzada el 11 de julio de 2019, sin que hasta la presente fecha hubiese sido consignado por la representación en juicio del Fisco Municipal. Así se determina. Precisado a lo que antecede, se pasa a conocer del fondo del asunto controvertido, para lo cual es pertinente discriminar los alegatos denunciados por la parte actora, a saber: i) vicios de falso supuesto de hecho y falso supuesto de derecho de los actos administrativos recurridos; ii) existencia del error de derecho excusable como eximente de la responsabilidad penal tributaria; y iii) aplicación de las circunstancias atenuantes previstas en el Código Orgánico Tributario de 1994, vigente en razón del tiempo, para el cálculo de las sanciones de multa impuestas.
Dispositiva
Se declara con lugar la consulta de la sentencia definitiva Nro. 2286 del 18 de julio de 2018, se revoca y se anulan las Resoluciones Nros. 036, 053, 0364 y 0374, así como las Boletas de Notificación de Industria y Comercio.