Sentencia N° 5 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de enero de 2020

TSJ/SPA, Sent. N° 00005, Exp. 2019-0269, 22/01/2020
Expediente2019-0269
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2020-01-21
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta de jurisdicción planteada por el abogado Yobani Mendoza, actuando como apoderado judicial del ciudadano Carlos Alfonso Tálamo Castellanos, respecto a la inserción de un acta de nacimiento. El Tribunal Segundo de Municipio Ordinario había declarado la falta de jurisdicción para conocer de la solicitud, argumentando que debía ser atendida por la Administración Pública a través del Registro Civil correspondiente. La Sala, tras analizar los antecedentes y la normativa aplicable, concluyó que el Poder Judicial sí tiene jurisdicción para conocer de la solicitud de inserción de acta de nacimiento, revocando así la decisión del tribunal inferior. Se destacó la importancia de garantizar el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva en este tipo de casos. Finalmente, la Sala declaró que el Poder Judicial tiene jurisdicción para decidir sobre la solicitud de inserción de acta de nacimiento y revocó la decisión consultada, ordenando que se cumpla con lo establecido.

Extracto de la motiva

En tal sentido, esta Máxima Instancia estima que la situación planteada en autos es un hecho controvertido que además afecta a otra persona, lo cual requerirá de un debate probatorio. En consecuencia, la Sala en aras de salvaguardar los postulados constitucionales de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva, consagrados en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y garantizar la protección constitucional en cuestión, considera que en el presente asunto el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer de la solicitud de inserción de acta de nacimiento, interpuesta por el abogado Yobani Mendoza, actuando como apoderado judicial del ciudadano Carlos Alfonso Tálamo Castellanos, antes identificados; en consecuencia, se revoca la sentencia sometida a consulta dictada en fecha 11 de octubre de 2019 por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de inserción de acta de nacimiento interpuesta por el abogado Yobani Mendoza, actuando como apoderado judicial del ciudadano CARLOS ALFONSO TÁLAMO CASTELLANOS. En consecuencia, REVOCA la decisión consultada, dictada en fecha 11 de octubre de 2019 por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.

Palabras clave

jurisdicciónacta de nacimientoinserción

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