Sentencia N° 496 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de septiembre de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00496, Exp. 1998-14535, 29/09/2022
Expediente1998-14535
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2022-09-29
DecisiónOficiar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso tributario interpuesto por el Síndico Procurador del Municipio Los Taques contra una resolución de la Alcaldía que fijó impuestos de oficio. Se ordenó oficiar al Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario para que informe sobre la existencia de una decisión definitiva posterior a la fecha de la apelación. La sentencia busca garantizar una tutela judicial efectiva y se establece un plazo para la respuesta del tribunal inferior.

Extracto de la motiva

En virtud de lo anterior, esta Sala siempre orientada a garantizar una tutela judicial efectiva y de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, según el cual el Juez podrá “(…) en cualquier estado de la causa (…) solicitar información o hacer evacuar de oficio las pruebas que considere pertinentes”, estima necesario requerir al Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda (hoy Área Metropolitana de Caracas y Estado Bolivariano de Miranda), que informe a esta Alzada si en fecha posterior al 26 de marzo de 1998, fue emitida decisión definitiva, en caso afirmativo deberá remitir copia certificada del fallo en cuestión, e informar a este Alto Tribunal si fue ejercido recurso de apelación contra la misma o si por el contrario quedó definitivamente firme dicho pronunciamiento. A tales fines, se ordena librar el correspondiente oficio, a objeto de que el mencionado Tribunal remita a esta Sala lo peticionado, para lo cual se le concede un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la constancia en autos de su notificación.

Dispositiva

ORDENA: OFICIAR al Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda (hoy Área Metropolitana de Caracas y Estado Bolivariano de Miranda), que informe a esta Alzada si en fecha posterior al 26 de marzo de 1998, fue emitida decisión definitiva, en caso afirmativo deberá remitir copia certificada del fallo en cuestión, e informar a este Alto Tribunal si fue ejercido recurso de apelación contra la misma o si por el contrario quedó definitivamente firme dicho pronunciamiento, dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la notificación ordenada.

Palabras clave

tutela judicialjurisdicción contencioso administrativadecisiónnotificaciónrecurso de apelación

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