Sentencia N° 491 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de mayo de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 00491, Exp. 2012-0271, 09/05/2012
Expediente2012-0271
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2012-05-09
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por PRECISION DRILLING DE VENEZUELA, C.A. contra una sentencia que declaró la perención de la instancia en un recurso contencioso tributario. La apelación fue considerada desistida debido a la falta de fundamentación dentro del plazo establecido por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse respecto a la apelación interpuesta por los apoderados judiciales de la contribuyente PRECISION DRILLING DE VENEZUELA, C.A., contra la sentencia interlocutoria N° PJ602011000245 de fecha 08 de julio de 2011, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, que declaró perimido el recurso contencioso tributario ejercido. Al respecto se destaca lo siguiente: El artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa dispone: “Artículo 92: Dentro de los diez días de despacho siguientes a la recepción del expediente, la parte apelante deberá presentar un escrito que contenga los fundamentos de hecho y de derecho de la apelación, vencido este lapso, se abrirá un lapso de cinco días de despacho para que la otra parte dé contestación a la apelación. La apelación se considerará desistida por falta de fundamentación.”. La norma citada establece la carga procesal para la parte apelante, de presentar dentro de los diez (10) días de despacho siguientes al que se dé cuenta en Sala de la recepción del expediente, un escrito en el que exponga las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación. De igual forma, impone como consecuencia jurídica a la falta de comparecencia de la parte apelante el desistimiento tácito del recurso. Así, en el presente caso se desprende del cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala el 28 de marzo de 2012, que desde el día que se dio cuenta del ingreso del expediente, exclusive, hasta que venció el lapso establecido en el auto del 28 de febrero de 2012, inclusive, transcurrieron cuatro (4) días continuos de término de distancia (2, 3, 4 y 5 de marzo de 2012), y diez (10) días de despacho (6, 7, 8, 13, 14, 15, 20, 21, 22 y 27 de marzo de 2012), sin que la representación judicial de la parte apelante consignara el correspondiente escrito.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la contribuyente PRECISION DRILLING DE VENEZUELA, C.A., contra la sentencia interlocutoria N° PJ602011000245 de fecha 08 de julio de 2011, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, que declaró la perención de la instancia en el recurso contencioso tributario interpuesto contra la Resolución identificada con números y letras SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2008-000065-517, de fecha 28 de agosto de 2008, emitida por la Gerencia General de los Servicios Jurídicos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), cuyo fallo queda FIRME.

Palabras clave

apelacióndesistimientocontencioso tributariojurisdicciónnormativaformalidadescarga procesal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca