La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos de la Resolución N° 004359, que pasaba al Capitán Gamelier José Camargo Gómez a situación de retiro por permanencia máxima en el grado. La Sala declaró improcedente la medida cautelar solicitada, argumentando que no se evidenció la presunción grave de violación de derechos constitucionales ni el requisito del periculum in mora, lo que llevó a concluir que no se configuraba la presunción de buen derecho o fumus boni iuris.
Extracto de la motiva
La apoderada judicial de la parte demandante, al momento de solicitar la medida cautelar de suspensión de efectos, indicó que dicha petición la efectuaba '…en base a la misma argumentación expuesta en este escrito, como fundamento de la Acción de Amparo Constitucional cautelar intentado con la presente acción…'. Conforme se aprecia, en sustento a la referida medida, la representación judicial del accionante no esgrimió nuevos alegatos a fin de sustentar tal requerimiento, sino que por el contrario reprodujo las razones que en su oportunidad alegó para fundamentar el amparo cautelar igualmente solicitado. Ahora bien, resulta necesario destacar que esta Sala, mediante decisión N° 00246 de fecha 11 de marzo de 2015, estableció: '…Así pues, esta Máxima Instancia advierte que del análisis precedentemente expuesto así como de las actas que conforman el expediente, y los alegatos formulados por la representación judicial del demandante, no se evidencia la presunción grave de violación de los derechos constitucionales invocados por el actor, lo que permite concluir que en el presente caso, no se configura la presunción de buen derecho o fumus boni iuris y mucho menos, el requisito del periculum in mora; este último determinable por la sola verificación del extremo anterior; por lo que, sin prejuzgar sobre el fondo del asunto debatido, debe declararse improcedente la solicitud cautelar de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Capitán de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), Gamelier José Camargo Gómez. Así se declara…'.
Dispositiva
En virtud de los precedentes razonamientos, esta Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por la abogada Rosa del Valle Gómez de Mendieta, en su carácter de apoderada judicial del Capitán de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), ciudadano GAMELIER JOSÉ CAMARGO GÓMEZ, antes identificados, contra el acto contenido en la Resolución N° 004359 de fecha 9 de abril de 2014, dictada por la ciudadana MINISTRA DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República. Agréguese copia certificada de la presente decisión a la pieza principal. Cúmplase lo ordenado.
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