La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la solicitud del Estado Zulia, ordena la notificación a la Procuradora General de la República para que emita su opinión sobre la entrega de áreas ocupadas por las demandadas. Se suspende la causa por un lapso de treinta días continuos a partir de la notificación. La decisión se fundamenta en la Ley Orgánica de Descentralización y el Decreto Presidencial que creó la sociedad anónima 'Bolivariana de Aeropuertos'.
Extracto de la motiva
Conforme a lo dispuesto en la norma citada supra, y vista la solicitud formulada por la representación judicial del Estado Zulia, respecto a la entrega de las áreas dadas en concesión a las demandadas, y por cuanto dichas áreas forman parte de las instalaciones del Aeropuerto Internacional La Chinita en el mencionado Estado, las cuales fueron transferidas al patrimonio de la República, esta Sala ordena la notificación de la Procuradora General de la República, mediante oficio, a fin de que emita su opinión al respecto. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el citado artículo 95 eiusdem, debe esta Sala suspender la presente causa por un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir de la fecha de la consignación de la aludida notificación y -transcurrido dicho lapso- sin que conste en autos la opinión de la Procuraduría General de la República, esta Sala emitirá el pronunciamiento de fondo correspondiente. Así se declara.
Dispositiva
ORDENA notificar a la Procuradora General de la República, mediante oficio, a fin de que emita su opinión respecto al asunto de autos. En consecuencia se suspende la presente causa por un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir de la fecha de la consignación de la referida notificación. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
cumplimiento de contratonotificaciónProcuradora General