Sentencia N° 484 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de mayo de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 00484, Exp. 2009-0725, 27/05/2010
Expediente2009-0725
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2010-05-26
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de suspensión de efectos de avisos oficiales dictados por la Dirección General del Servicio Autónomo de la Propiedad Industrial. Los abogados Daniel Salas Arana y Miguel Ángel Domínguez Franchi, en representación de Enrique José Cheang Vera, interpusieron un recurso contencioso administrativo de nulidad. La Sala declaró improcedente la solicitud de suspensión, argumentando que los avisos impugnados son actos administrativos de efectos generales y que no se demostró un daño irreparable o de difícil reparación que justificara la medida cautelar solicitada.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que los avisos oficiales impugnados constituyen actos administrativos de efectos generales, por lo que, en principio, debería aplicarse el criterio sentado por este Órgano Jurisdiccional con relación a la imposibilidad de solicitar la suspensión de los efectos de los actos de esta naturaleza. Sin embargo, este Alto Tribunal, a los fines de preservar el derecho constitucional de los recurrentes a una tutela judicial efectiva previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 259 eiusdem, que consagra el poder del juez contencioso administrativo para decretar de oficio o a instancia de parte cualquier tipo de providencia cautelar que fuere necesaria para garantizar la ejecutoriedad del fallo, o para restablecer la situación jurídica subjetiva lesionada por la actividad de la Administración, procederá a pronunciarse sobre el mérito de la solicitud cautelar en el caso concreto.

Dispositiva

Sobre la base de las consideraciones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos formulada por los abogados DANIEL SALAS ARANA Y MIGUEL ÁNGEL DOMÍNGUEZ FRANCHI, actuando en su nombre y como apoderados judiciales del ciudadano ENRIQUE JOSÉ CHEANG VERA.

Palabras clave

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