Sentencia N° 482 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de septiembre de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00482, Exp. 1994-10401, 29/09/2022
Expediente1994-10401
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2022-09-29
DecisiónORDENA notificar al ciudadano LEONARDO RODRÍGUEZ PADILLA

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de nulidad interpuesta por Leonardo Rodríguez Padilla contra una resolución del Ministerio de la Defensa. Se constató que han transcurrido más de 27 años sin que el demandante haya manifestado interés en que se decida la causa. La Sala ordenó notificar al demandante para que en un plazo determinado manifieste su interés en continuar con el proceso, advirtiendo que de no hacerlo, se procederá a dictar el pronunciamiento correspondiente.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Correspondería a esta Sala emitir pronunciamiento sobre la demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano Leonardo Rodríguez Padilla, ya identificado, contra la Resolución Nro. 5040 de fecha 2 de agosto de 1993 que confirmó el acto administrativo Nro. DG-8700 del 28 de enero de igual año, dictado por el entonces MINISTERIO DE LA DEFENSA (ahora MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA), que pasó a situación de retiro por medida disciplinaria al recurrente. Ahora bien, de la revisión de las actas procesales se constata que en fecha 6 de abril de 1995, se dejó constancia que el acto de informes se realizó el 25 de ese mismo mes y año, sin embargo las partes no comparecieron, y se dijo “vistos” en fecha 13 de junio de 1995, evidenciándose que hasta la presente fecha, han transcurrido más de veintisiete (27) años sin que el accionante haya manifestado su interés en que se decida la causa. Respecto a lo anterior, resulta oportuno citar el fallo Nro. 0416 del 28 de abril de 2009, dictado por la Sala Constitucional, en el que se estableció que:

Dispositiva

ORDENA notificar al ciudadano LEONARDO RODRÍGUEZ PADILLA, antes identificado, para que dentro de dos (2) días continuos en razón del término de la distancia más diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en el expediente la última de las notificaciones, manifieste su interés en que se decida la presente causa.

Palabras clave

interés procesalacción judicialtutela judicialperenciónderecho de acciónadministración de justicia

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