La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar la demanda de nulidad interpuesta por Agropecuaria El Espinalito, C.A. contra la Resolución número 016 del 13 de enero de 2015, que calificó de urgente la ejecución de la obra denominada 'JOSÉ FÉLIX RIVAS'. La Sala concluye que la resolución impugnada carece de validez al no haberse dictado previamente el Decreto de Áreas Vitales de Vivienda y de Residencias (AVIVIR), lo que vicia de nulidad absoluta el acto administrativo. Se resalta que la ocupación de los terrenos por parte de la Administración no se realizó conforme a los procedimientos establecidos, afectando el derecho a la propiedad.
Extracto de la motiva
Poder Popular para Ecosocialismo, Hábitat y Vivienda, al dictar la Resolución número 016 del 13 de enero de 2015, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 40.584 del 20 de enero de 2015 incumplió el procedimiento establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda, pues no dictó previamente el Decreto de Áreas Vitales de Viviendas y de Residencias (AVIVIR), con lo cual la Resolución impugnada está viciada de nulidad absoluta según lo previsto en el artículo 19 numeral 4 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. Así se decide. Dado que el vicio antes mencionado resulta suficiente para declarar con lugar la demanda y en consecuencia la nulidad del acto impugnado, esta Sala considera inoficioso emitir pronunciamiento con relación a las restantes denuncias. Así se declara.
Dispositiva
Se declara CON LUGAR la demanda de nulidad ejercida por el apoderado judicial de la sociedad mercantil AGROPECUARIA EL ESPINALITO, C.A., contra la Resolución número 016 del 13 de enero de 2015, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 40.584 del 20 de enero de 2015, dictada por el entonces MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA ECOSOCIALISMO, HÁBITAT Y VIVIENDA, la cual se ANULA.
Palabras clave
nulidadocupación de urgenciaresolución administrativaderecho a la propiedad