Sentencia N° 482 — Sala Político Administrativa del TSJ, 1 de abril de 2014

TSJ/SPA, Sent. N° 00482, Exp. 2013-1128, 02/04/2014
Expediente2013-1128
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-04-01
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de comparecencia de la parte recurrente a la Audiencia de Juicio fijada para el 16 de enero de 2014. La parte actora no asistió a la audiencia, lo que llevó a la Sala a considerar el desistimiento del procedimiento conforme a lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. La decisión fue emitida en nombre de la República y por autoridad de la Ley.

Extracto de la motiva

El artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, establece que el Tribunal fijará la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a aquel en que se verifiquen las notificaciones de Ley y, en su caso, cuando conste en autos la publicación del cartel de emplazamiento; acto al cual deberán concurrir las partes y los terceros interesados. Asimismo, la norma dispone como consecuencia jurídica de la no asistencia de la parte recurrente a la audiencia, el desistimiento del procedimiento. Al circunscribir el análisis de la mencionada norma al caso de autos, advierte la Sala que el 19 de noviembre de 2013 se fijó la celebración de la Audiencia de Juicio para el día “Jueves 16.01.14 a las doce y veinte minutos de la tarde (12:20 p.m.).” Igualmente, se aprecia que llegada la oportunidad para que tuviera lugar dicho acto la parte recurrente no compareció, de lo cual se dejó expresa constancia en el expediente según auto de Secretaría. Sobre la base de lo expuesto y visto que la parte actora no cumplió con la carga procesal de asistir a la Audiencia de Juicio previamente fijada; esta Sala declara el desistimiento del procedimiento, conforme a lo previsto en el artículo 82 de Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el procedimiento en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los ciudadanos DIANA BEGILIA ARVELO DE TERSTALL y MARTINUS TERSTALL, representantes legales de la POSADA TURÍSTICA LA PERINOLA, C.A., contra la decisión Nro. MINTUR/DM/OCJ/CSS/D/2012/057 del 13 de diciembre de 2012, dictada por el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TURISMO. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el expediente administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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