La Sala Político-Administrativa del TSJ decidió parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de Di Novita Calzados, C.A. La Sala revocó la aplicación de la figura del delito continuado y confirmó las sanciones impuestas por incumplimiento de deberes formales en la emisión de facturas. Se ordenó a la Administración Tributaria emitir planillas sustitutivas considerando la aplicación de las reglas de concurrencia de infracciones.
Extracto de la motiva
En virtud de los razonamientos anteriormente señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1. PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia N° 0647, dictada el 02 de junio de 2009, por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central. En consecuencia, se REVOCA del fallo apelado el pronunciamiento atinente a la aplicación de la figura del delito continuado prevista en el artículo 99 del Código Penal a los ilícitos formales relativos a las facturas sancionados a cargo de la contribuyente, contenidos en la Resolución de Imposición de Sanción No. GRTI-RCE-DFD-2007-04-VDF-IVA-324 de fecha 21 de junio de 2007, dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y se CONFIRMAN las sanciones impuestas por incumplimiento de deberes formales en la emisión de facturas computarizada, conforme a la motiva de esta decisión.
Dispositiva
1. PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia N° 0647, dictada el 02 de junio de 2009, por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central. En consecuencia, se REVOCA del fallo apelado el pronunciamiento atinente a la aplicación de la figura del delito continuado prevista en el artículo 99 del Código Penal a los ilícitos formales relativos a las facturas sancionados a cargo de la contribuyente, contenidos en la Resolución de Imposición de Sanción No. GRTI-RCE-DFD-2007-04-VDF-IVA-324 de fecha 21 de junio de 2007, dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y se CONFIRMAN las sanciones impuestas por incumplimiento de deberes formales en la emisión de facturas computarizada, conforme a la motiva de esta decisión.
Palabras clave
Contencioso TributarioSancionesImpuesto al Valor Agregado