Sentencia N° 48 — Sala Político Administrativa del TSJ, 15 de enero de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 00048, Exp. 2007-0238, 16/01/2008
Expediente2007-0238
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2008-01-15
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la medida cautelar solicitada por Inversiones Praiano, S.R.L. contra el Decreto Nº 000309, que ordenó la adquisición forzosa de inmuebles para un proyecto de dotación de viviendas. La Sala argumentó que no se verificaron los requisitos para la protección cautelar, ya que la situación creada por el decreto no es definitiva y está sujeta a estudios posteriores sobre la idoneidad de los inmuebles. Además, se destacó que la ocupación temporal de los inmuebles se justifica legalmente en función del interés general.

Extracto de la motiva

La Sala observa que en el presente caso no es posible en esta etapa del procedimiento, precisar si la modificación del orden temporal de los actos que conforman el procedimiento de expropiación, sólo constituye el incumplimiento de una formalidad que no altera la validez del acto administrativo, por tratarse de una irregularidad de escasa relevancia que no impide el cumplimiento de la finalidad pública que la Administración pretende alcanzar; o si, por el contrario, altera uno de los elementos esenciales del acto administrativo, pudiendo viciarlo de nulidad absoluta. En tal sentido, sin prejuzgar sobre la legalidad del acto impugnado, la Sala a efectos de pronunciarse sobre la medida cautelar solicitada, visto que la situación creada por el proveimiento recurrido no es definitiva y que en esta fase procedimental no resulta evidente que la alteración del orden de los actos del procedimiento expropiatorio acarree la nulidad absoluta del acto impugnado, considera que no se verifican en el presente caso los requisitos inherentes a la protección cautelar que se solicita.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por los representantes de la sociedad mercantil Inversora Praiano, S.R.L., contra el Decreto Nº 000309, emanado de la ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS el 25 de agosto de 2006, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Metropolitano de Caracas en fecha 31 de agosto del mismo año.

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